Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2021-1901)
BOP-2021-1901 Aprobación definitiva de Ordenanza.
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En todo caso se asegurará a cada residente la cantidad estipulada por la Junta de Extremadura
para gastos de libre disposición del/a residente.
B) Para usuarios/as, no incluidos/as en el párrafo anterior, si procede, se abonarán las
siguientes cantidades que se actualizarán anualmente incrementándose en función de la
subida del IPC anual:
https://www.dip-caceres.es/ D.L.CC-1-1958.
a) Servicio completo de Centro de atención diurna, Usuario/a válidos/as/autónomos/as:
275,00 €/mes.
b) Servicio completo de Centro de atención diurna, Usuario/a asistidos/as/dependientes:
495,00 €/mes.
3. Se establece la posibilidad de ofertar plazas privadas gestionadas directamente por el/la
concesionario/a, no vinculadas al Ayuntamiento, siempre que tengan plazas libres.
4. Uso separado de los distintos servicios:
- SERVICIO DE COMEDOR (desayuno, comida, merienda, cena ): 7´5 €/día en el propio
centro.
- SERVICIO DE LAVANDERIA (colada semanal de unos 6 ó 7 kg ): 3´5 €/colada.
5. Por el servicio de acompañamiento en el Hospital, será de 10 €/hora. Estas tarifas se
incrementarán anualmente con el porcentaje correspondiente al precio del consumo. (Tarifa
que debe actualizarse a día de la fecha).
6. Otros servicios:
Por parte de la empresa adjudicataria del contrato se podrán en todo momento ofrecer a los/as
residentes otros servicios tales como:
Peluquería.
Podología.
Fisioterapia, para aquellos/as en los que este servicio no les corresponda, o en aquellos
casos en los que se necesite un servicio adicional.
Terapia ocupacional, para aquellos/as en los que este servicio no les corresponda, o en
aquellos casos en los que se necesite un servicio adicional.
CVE:
BOP-2021-1901
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de abril de 2021
N.º 0079
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