Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2021-1872)
BOP-2021-1872 Aprobación definitiva Reglamento de Régimen Interno del Centro Residencial de Mayores-Centro de Día "Los Molinos" de Montehermoso.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple, decidiendo en caso de empate el voto del/de la
Presidente/a.
Se levantará acta de las sesiones, en la que figurarán los/las asistentes a la Reunión,
desarrollo del orden del día y acuerdos tomados.
La Comisión se reunirá, con carácter ordinario una vez al trimestre, y con carácter
extraordinario, cuantas veces se considere necesario, siempre que exista mayoría simple o lo
soliciten por escrito el 25 % de los/las residentes.
CAPÍTULO V. SISTEMA DE RECOGIDA DE SUGERENCIAS, CANALIZACIÓN Y
RESOLUCIÓN DE QUEJAS O RECLAMACIONES.
Artículo 12. El sistema de recogida de sugerencias, canalización y resolución de quejas, que
será atendido y puesto en conocimiento de las personas responsables, así como de los/las
usuarios/as afectados/as.
Artículo 13. Cuando la queja afecte a más de un/a usuario/a o a la organización del Centro y la
resolución de la misma requiera cierta complejidad, será convocado por la Dirección del Centro
una Asamblea General que tendrá como orden del día la problemática planteada.
Se reproduce el modelo de hoja de reclamaciones y sugerencias a utilizarse en el Centro
Residencial de Mayores-Centro de Día de Montehermoso:
CAPÍTULO VI. SISTEMA DE ADMISIONES.
Artículo 14. La admisión en el Centro Residencial de Mayores-Centro de Día de
Montehermoso, se llevará a cabo teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
a) Los requisitos establecidos para ser usuarios/as, del Centro Residencial de Mayores-Centro
de Día de Montehermoso, son:
- Tener 65 años cumplidos.
- Pensionistas con 60 años cumplidos.
- La edad mínima se podrá reducir a 50 años en personas cuyas circunstancias
personales, familiares o sociales, así lo aconsejen y tengan acreditado un grado de
discapacidad por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
- No padecer trastorno mental que impida la normal convivencia con los/as otros/as
CVE:
BOP-2021-1872
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de abril de 2021
N.º 0077
Pág. 8447
Presidente/a.
Se levantará acta de las sesiones, en la que figurarán los/las asistentes a la Reunión,
desarrollo del orden del día y acuerdos tomados.
La Comisión se reunirá, con carácter ordinario una vez al trimestre, y con carácter
extraordinario, cuantas veces se considere necesario, siempre que exista mayoría simple o lo
soliciten por escrito el 25 % de los/las residentes.
CAPÍTULO V. SISTEMA DE RECOGIDA DE SUGERENCIAS, CANALIZACIÓN Y
RESOLUCIÓN DE QUEJAS O RECLAMACIONES.
Artículo 12. El sistema de recogida de sugerencias, canalización y resolución de quejas, que
será atendido y puesto en conocimiento de las personas responsables, así como de los/las
usuarios/as afectados/as.
Artículo 13. Cuando la queja afecte a más de un/a usuario/a o a la organización del Centro y la
resolución de la misma requiera cierta complejidad, será convocado por la Dirección del Centro
una Asamblea General que tendrá como orden del día la problemática planteada.
Se reproduce el modelo de hoja de reclamaciones y sugerencias a utilizarse en el Centro
Residencial de Mayores-Centro de Día de Montehermoso:
CAPÍTULO VI. SISTEMA DE ADMISIONES.
Artículo 14. La admisión en el Centro Residencial de Mayores-Centro de Día de
Montehermoso, se llevará a cabo teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
a) Los requisitos establecidos para ser usuarios/as, del Centro Residencial de Mayores-Centro
de Día de Montehermoso, son:
- Tener 65 años cumplidos.
- Pensionistas con 60 años cumplidos.
- La edad mínima se podrá reducir a 50 años en personas cuyas circunstancias
personales, familiares o sociales, así lo aconsejen y tengan acreditado un grado de
discapacidad por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
- No padecer trastorno mental que impida la normal convivencia con los/as otros/as
CVE:
BOP-2021-1872
Verificable
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Martes, 27 de abril de 2021
N.º 0077
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