Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2021-1872)
BOP-2021-1872 Aprobación definitiva Reglamento de Régimen Interno del Centro Residencial de Mayores-Centro de Día "Los Molinos" de Montehermoso.
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usuarios/as.
- No haber sido sancionado/a con expulsión de ningún otro Centro.
b) La admisión de las solicitudes se efectuará, por riguroso orden de puntuación una vez
valorados los expedientes, a excepción de aquellos casos en los que sea debidamente
acreditada la urgencia.
En caso de no existir plazas libres, la fecha de solicitud de entrada quedará registrada en el
fichero de futuros ingresos y por riguroso orden de puntuación se procederá a contactar a
través de los siguientes medios: teléfonos, correo electrónico u cualquier otro medio de
contacto, registrados en la solicitud del ingreso.
c) Las solicitudes deberán ser formalizadas en el modelo oficial al efecto, junto con la
documentación correspondiente, y deberán presentarse en el mismo Ayuntamiento.
Artículo 15. Para la admisión de nuevos/as residentes en el Centro Residencial de Mayores-
Centro de Día de Montehermoso, se observarán las siguientes reglas:
a) La firma del contrato de admisión como residente del/de la residente del/de la interesado/a o
familiar, persona responsable o representante, en el que constarán los aspectos siguientes:
- Filiación del/de la interesado/a.
- Datos identificativos del/de la familiar, persona responsable o representante.
- Descripción del estado físico y psíquico del/de la nuevo/a residente.
- Acuse de recibo del presente Reglamento de Régimen Interior, con firma en cada una
de sus hojas, como prueba de conformidad.
b) El/la futuro/a nuevo/a residente aportará certificado de su médico sobre su estado físico y
psíquico. En caso contrario, se someterá a una revisión por el Centro, obteniendo informe que
se unirá al expediente personal del/de la residente, y que tendrá carácter vinculante para
ambas partes, sometiéndose, por tanto, expresamente al mismo.
c) En el caso de que el/la nuevo/a residente aporte certificado del médico sobre su estado
físico y psíquico, se podrá practicar revisión previa de su ingreso, a cargo del Centro
Residencial, para corroborar o no, la información aportada. En caso de discrepancia entre
ambos informes prevalecerá este último sobre aquel.
CVE:
BOP-2021-1872
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de abril de 2021
N.º 0077
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