Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2021-1859)
BOP-2021-1859 Apertura de plazo para solicitar el reconocimiento del Nivel II, de la Carrera Profesional Horizontal, en el ámbito del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria.
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2019, respecto al reconocimiento y abono del Nivel II.
Por todo ello, y para posibilitar su extensión a los/as empleados/as públicos/as que hayan
cumplido los requisitos el 31 de diciembre de 2020, así como aquellos/as que causen baja o
alta a lo largo del ejercicio 2020, esta Presidencia, en ejercicio de las atribuciones conferidas
por el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local, y
en el art. 10 de los Estatutos del OARGT (B.O.P. de Cáceres nº 186 de 20 de septiembre de
2020).
RESUELVO
PRIMERO.- Abrir el plazo de presentación de solicitudes, conforme al modelo que figura en el
ANEXO I, para el reconocimiento del Nivel II de la carrera profesional horizontal, que llevará a
cabo la Comisión de Evaluación de la Carrera Profesional Horizontal, elevando la Propuesta a
la Gerencia del OARGT, y en los siguientes términos:
a) Nivel II de la carrera profesional horizontal: Los/as funcionarios/as de carrera, el personal
laboral fijo, los/as nombrados/as funcionarios/as interinos/as o declarados/as indefinidos/as no
fijos/as de plantilla y el personal laboral temporal de la Administración del Organismo Autónomo
de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Cáceres que a fecha 31 de
diciembre de 2020 acrediten:
1. Un ejercicio profesional de doce años de permanencia sin interrupción relevante, en el
Cuerpo Escala, Subescala, Clase y Categoría profesional en el que se encuentre al momento
de la solicitud, o desde el que hayan accedido a situaciones de servicios especiales,
excedencia forzosa, excedencia por cuidado de familiares o excedencia por razón de violencia
de género,
2. Formación: la realización y/o impartición de acciones formativas y de perfeccionamiento, que
en cómputo total deberán alcanzar 125 horas, organizados por las Administraciones Públicas o
centros homologados por las mismas o acogidos al Plan Nacional de Formación Continua de
las Administraciones Públicas independientemente del promotor de las mismas.
El personal que reúna tales requisitos podrá solicitar el reconocimiento del Nivel II de la Carrera
Profesional Horizontal, en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la
publicación de esta Resolución en el B.O.P. de Cáceres.
La formación recibida y/o impartida se acreditará mediante la presentación de original o
fotocopia compulsada del diploma o documento acreditativo de la realización/impartición del
curso o actividad formativa correspondiente.
CVE:
BOP-2021-1859
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de abril de 2021
N.º 0077
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Por todo ello, y para posibilitar su extensión a los/as empleados/as públicos/as que hayan
cumplido los requisitos el 31 de diciembre de 2020, así como aquellos/as que causen baja o
alta a lo largo del ejercicio 2020, esta Presidencia, en ejercicio de las atribuciones conferidas
por el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local, y
en el art. 10 de los Estatutos del OARGT (B.O.P. de Cáceres nº 186 de 20 de septiembre de
2020).
RESUELVO
PRIMERO.- Abrir el plazo de presentación de solicitudes, conforme al modelo que figura en el
ANEXO I, para el reconocimiento del Nivel II de la carrera profesional horizontal, que llevará a
cabo la Comisión de Evaluación de la Carrera Profesional Horizontal, elevando la Propuesta a
la Gerencia del OARGT, y en los siguientes términos:
a) Nivel II de la carrera profesional horizontal: Los/as funcionarios/as de carrera, el personal
laboral fijo, los/as nombrados/as funcionarios/as interinos/as o declarados/as indefinidos/as no
fijos/as de plantilla y el personal laboral temporal de la Administración del Organismo Autónomo
de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Cáceres que a fecha 31 de
diciembre de 2020 acrediten:
1. Un ejercicio profesional de doce años de permanencia sin interrupción relevante, en el
Cuerpo Escala, Subescala, Clase y Categoría profesional en el que se encuentre al momento
de la solicitud, o desde el que hayan accedido a situaciones de servicios especiales,
excedencia forzosa, excedencia por cuidado de familiares o excedencia por razón de violencia
de género,
2. Formación: la realización y/o impartición de acciones formativas y de perfeccionamiento, que
en cómputo total deberán alcanzar 125 horas, organizados por las Administraciones Públicas o
centros homologados por las mismas o acogidos al Plan Nacional de Formación Continua de
las Administraciones Públicas independientemente del promotor de las mismas.
El personal que reúna tales requisitos podrá solicitar el reconocimiento del Nivel II de la Carrera
Profesional Horizontal, en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la
publicación de esta Resolución en el B.O.P. de Cáceres.
La formación recibida y/o impartida se acreditará mediante la presentación de original o
fotocopia compulsada del diploma o documento acreditativo de la realización/impartición del
curso o actividad formativa correspondiente.
CVE:
BOP-2021-1859
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de abril de 2021
N.º 0077
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