Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera. (BOP-2021-1675)
BOP-2021-1675 Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal sobre construcciones, instalaciones y obras.
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satisfecha.
3. Los/as obligados/as tributarios/as que no residan en España deberán designar un/a
representante con domicilio en territorio español. Tal designación se deberá´ comunicar a este
Ayuntamiento en el momento de solicitar la preceptiva licencia de obras o urbanística, o de
presentar la declaración responsable o comunicación previa, en cualquier caso antes del inicio
de la construcción, instalación u obra.
Artículo 6. Responsables tributarios/as.
1. Son responsables tributarios/as las personas físicas y jurídicas determinadas como tales en
la Ley General Tributaria.
2. La derivación de responsabilidad requerirá que, previa audiencia del interesado, se dicte
acto administrativo en los términos dispuestos en la mencionada Ley General Tributaria.
Artículo 7. Base imponible.
1. La base imponible del impuesto está constituida por el coste real y efectivo de la
construcción, instalación u obra entendiéndose por tal, a estos efectos, el coste de ejecución
material de aquélla.
2. En todo caso, forma parte de la base imponible el coste de todos los elementos necesarios
para el desarrollo de la actividad objeto de la instalación o construcción, siempre que figuren en
el proyecto de obras y no tengan singularidad o identidad propia respecto de la construcción o
instalación realizadas.
3. No forman parte de la base imponible: el Impuesto sobre el Valor Añadido y demás
impuestos análogos propios de regímenes especiales, las tasas, precios públicos y demás
prestaciones patrimoniales de carácter público local relacionadas, en su caso, con la
construcción instalación u obra, ni tampoco los honorarios de profesionales, el beneficio
empresarial del contratista ni cualquier otro concepto que no integre, estrictamente, el coste de
ejecución material urbanística, o de presentar la declaración responsable o comunicación
previa, en cualquier caso antes del inicio de la construcción, instalación u obra.
Artículo 6. Responsables tributarios/as.
1. Son responsables tributarios/as las personas físicas y jurídicas determinadas como tales en
la Ley General Tributaria.
2. La derivación de responsabilidad requerirá´ que, previa audiencia del/la interesado/a, se
CVE:
BOP-2021-1675
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de abril de 2021
N.º 0071
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