Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-1661)
BOP-2021-1661 Bases Convocatoria subvenciones JUVENTAS EMPLEA.
34 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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9.
10.
11.
12.
13.
Además se incluirá el logotipo del Proyecto JUVENTAS EMPLEA y la imagen
corporativa del Área de Reto Demográfico, Desarrollo Sostenible, Juventud y Turismo
de la Diputación de Cáceres, que estarán disponibles en la Sede Electrónica.
Si se produjera la baja o el despido del personal contratado devolverá el importe de la
subvención de acuerdo con los criterios de graduación de los incumplimientos
establecidos en la Base Decimosegunda.
El/la beneficiario/a queda expresamente sometido/a al control financiero fijado en la
Ley General de Subvenciones, así como a lo dispuesto en el Reglamento que
desarrolla dicha Ley, y a la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación.
Sin perjuicio de las declaraciones o justificaciones presentadas, el/la beneficiario/a
queda obligado/a a comunicar a la Diputación la obtención de otras subvenciones o
ayudas que financien la actividad objeto de esta ayuda, tan pronto como se conozca,
y, en todo caso, con anterioridad a la presentación de la justificación.
La concurrencia al proceso de concesión de subvención implicará la manifestación
tacita de consentimiento inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal y a
su publicación en los términos expresados en la Ordenanza General de
Subvenciones de esta Diputación Provincial y en el resto de normativa vigente, todo
ello de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de
Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
BASE SEGUNDA. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. ACTUACIONES EXCLUIDAS.
REQUISITOS DE LA PERSONA CONTRATADA.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES.
Serán subvencionables los contratos de carácter indefinido a jornada completa realizados en el
plazo comprendido entre el día siguiente a la publicación del Extracto de la convocatoria en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, hasta el 30 de noviembre de 2021, ambos inclusive.
El periodo subvencionable de dichos contratos será el comprendido entre un mínimo de 6
meses hasta un máximo de 12 ,conforme a lo dispuesto en el número 10 de la Base Primera.
Por tanto, únicamente serán objeto de subvención los gastos de carácter corriente, derivados
del coste del personal contratado conforme al Salario Mínimo Interprofesional 2021, no
admitiéndose gastos de tramitación como los de asesoría laboral, gestión, etc.
En los supuestos que el contrato se extinga, por cualquier causa, no procederá la sustitución
de la persona trabajadora subvencionada a efectos de esta ayuda, procediendo tal como
establece la obligación número 10 de la Base Primera.
CVE:
BOP-2021-1661
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de abril de 2021
N.º 0071
Pág. 7660
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13.
Además se incluirá el logotipo del Proyecto JUVENTAS EMPLEA y la imagen
corporativa del Área de Reto Demográfico, Desarrollo Sostenible, Juventud y Turismo
de la Diputación de Cáceres, que estarán disponibles en la Sede Electrónica.
Si se produjera la baja o el despido del personal contratado devolverá el importe de la
subvención de acuerdo con los criterios de graduación de los incumplimientos
establecidos en la Base Decimosegunda.
El/la beneficiario/a queda expresamente sometido/a al control financiero fijado en la
Ley General de Subvenciones, así como a lo dispuesto en el Reglamento que
desarrolla dicha Ley, y a la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación.
Sin perjuicio de las declaraciones o justificaciones presentadas, el/la beneficiario/a
queda obligado/a a comunicar a la Diputación la obtención de otras subvenciones o
ayudas que financien la actividad objeto de esta ayuda, tan pronto como se conozca,
y, en todo caso, con anterioridad a la presentación de la justificación.
La concurrencia al proceso de concesión de subvención implicará la manifestación
tacita de consentimiento inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal y a
su publicación en los términos expresados en la Ordenanza General de
Subvenciones de esta Diputación Provincial y en el resto de normativa vigente, todo
ello de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de
Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
BASE SEGUNDA. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. ACTUACIONES EXCLUIDAS.
REQUISITOS DE LA PERSONA CONTRATADA.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES.
Serán subvencionables los contratos de carácter indefinido a jornada completa realizados en el
plazo comprendido entre el día siguiente a la publicación del Extracto de la convocatoria en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, hasta el 30 de noviembre de 2021, ambos inclusive.
El periodo subvencionable de dichos contratos será el comprendido entre un mínimo de 6
meses hasta un máximo de 12 ,conforme a lo dispuesto en el número 10 de la Base Primera.
Por tanto, únicamente serán objeto de subvención los gastos de carácter corriente, derivados
del coste del personal contratado conforme al Salario Mínimo Interprofesional 2021, no
admitiéndose gastos de tramitación como los de asesoría laboral, gestión, etc.
En los supuestos que el contrato se extinga, por cualquier causa, no procederá la sustitución
de la persona trabajadora subvencionada a efectos de esta ayuda, procediendo tal como
establece la obligación número 10 de la Base Primera.
CVE:
BOP-2021-1661
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de abril de 2021
N.º 0071
Pág. 7660