Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-1661)
BOP-2021-1661 Bases Convocatoria subvenciones JUVENTAS EMPLEA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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OBLIGACIONES.
Serán obligaciones de la entidad beneficiaria las establecidas en el art. 14 de la Ley General de
Subvenciones y en el art. 6 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación
Provincial de Cáceres, comprometiéndose a desarrollar las actuaciones necesarias para la
ejecución plena de la actividad subvencionada, y además, las siguientes:
Antes del abono de la subvención, deberá presentar la correspondiente solicitud en
sede telemática y los documentos reflejados en la base sexta.
Realizar la contratación indefinida y a jornada completa en el plazo comprendido entre
el día siguiente a la publicación del Extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de
la Provincia de Cáceres, hasta el 30 de noviembre de 2021, ambos inclusive, en los
términos de la solicitud presentada.
Informar a la persona contratada de que su contrato está subvencionado y de los
derechos y obligaciones que ello implica.
Facilitar el seguimiento de la ejecución de la actividad a la Diputación, que podrá
inspeccionar y recabar la información que corresponda, con el fin de asegurarse del
cumplimiento del fin al cual se destina la subvención.
Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Los/as beneficiarios/as de
estas subvenciones estarán obligados/as a difundir que la actuación/acción ha sido
subvencionada por la Diputación Provincial de Cáceres. Para ello, deberán hacer
constar la colaboración mediante la disposición del texto "en colaboración con la
Diputación Provincial de Cáceres" y el logotipo de la misma, en un lugar visible de sus
dependencias y/o su web para informar que han recibido dicha ayuda, debiendo
permanecer a la vista durante el plazo de vigencia del contrato subvencionado.
La entidad beneficiaria estará obligada a cumplir las obligaciones de información y
publicidad establecidas en el anexo XII, sección 2.2 del Reglamento (UE) 1303/2013
del Parlamento y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.
En los documentos de trabajo, así como en los informes y en cualquier tipo de soporte
que se utilice en las actuaciones necesarias para el objeto del contrato, aparecerá de
forma visible y destacada el emblema de la UE, haciendo referencia expresa a la
Unión Europea y al Fondo Social Europeo, de manera separada.
En toda difusión pública o referencia a las actuaciones previstas en el contrato,
cualquiera que sea el medio elegido (folletos, carteles, etc.), se deberán incluir de
modo destacado los siguientes elementos: emblema de la Unión Europea de
conformidad con las normas gráficas establecidas, así como la referencia a la Unión
Europea y al Fondo Social Europeo, incluyendo el lema “FSE invierte en tu futuro”.
CVE:
BOP-2021-1661
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de abril de 2021
N.º 0071
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OBLIGACIONES.
Serán obligaciones de la entidad beneficiaria las establecidas en el art. 14 de la Ley General de
Subvenciones y en el art. 6 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación
Provincial de Cáceres, comprometiéndose a desarrollar las actuaciones necesarias para la
ejecución plena de la actividad subvencionada, y además, las siguientes:
Antes del abono de la subvención, deberá presentar la correspondiente solicitud en
sede telemática y los documentos reflejados en la base sexta.
Realizar la contratación indefinida y a jornada completa en el plazo comprendido entre
el día siguiente a la publicación del Extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de
la Provincia de Cáceres, hasta el 30 de noviembre de 2021, ambos inclusive, en los
términos de la solicitud presentada.
Informar a la persona contratada de que su contrato está subvencionado y de los
derechos y obligaciones que ello implica.
Facilitar el seguimiento de la ejecución de la actividad a la Diputación, que podrá
inspeccionar y recabar la información que corresponda, con el fin de asegurarse del
cumplimiento del fin al cual se destina la subvención.
Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Los/as beneficiarios/as de
estas subvenciones estarán obligados/as a difundir que la actuación/acción ha sido
subvencionada por la Diputación Provincial de Cáceres. Para ello, deberán hacer
constar la colaboración mediante la disposición del texto "en colaboración con la
Diputación Provincial de Cáceres" y el logotipo de la misma, en un lugar visible de sus
dependencias y/o su web para informar que han recibido dicha ayuda, debiendo
permanecer a la vista durante el plazo de vigencia del contrato subvencionado.
La entidad beneficiaria estará obligada a cumplir las obligaciones de información y
publicidad establecidas en el anexo XII, sección 2.2 del Reglamento (UE) 1303/2013
del Parlamento y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.
En los documentos de trabajo, así como en los informes y en cualquier tipo de soporte
que se utilice en las actuaciones necesarias para el objeto del contrato, aparecerá de
forma visible y destacada el emblema de la UE, haciendo referencia expresa a la
Unión Europea y al Fondo Social Europeo, de manera separada.
En toda difusión pública o referencia a las actuaciones previstas en el contrato,
cualquiera que sea el medio elegido (folletos, carteles, etc.), se deberán incluir de
modo destacado los siguientes elementos: emblema de la Unión Europea de
conformidad con las normas gráficas establecidas, así como la referencia a la Unión
Europea y al Fondo Social Europeo, incluyendo el lema “FSE invierte en tu futuro”.
CVE:
BOP-2021-1661
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de abril de 2021
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