Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-1661)
BOP-2021-1661 Bases Convocatoria subvenciones JUVENTAS EMPLEA.
34 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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La publicación de la resolución de concesión y sus posibles modificaciones ulteriores y de los
demás actos del procedimiento, en la sede electrónica de la Diputación de Cáceres surtirá
todos los efectos de la notificación practicada según lo dispuesto en el artículo 43.3 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
En aquellos casos en los que, como resultado de la fase de justificación y comprobación,
tuviera lugar un procedimiento de reintegro, las notificaciones relacionadas con dicho
procedimiento se realizarán bajo la modalidad de notificación por comparecencia electrónica,
según lo establecido en el artículo 40 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el
que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de acceso electrónico.
BASE NOVENA. GASTOS SUBVENCIONABLES. PLAZO DE EJECUCIÓN. PRÓRROGA.
DOCUMENTACIÓN.
GASTOS SUBVENCIONABLES.
Las actividades objeto de la presente convocatoria de ayudas están relacionados en las bases
primera y segunda de la presente convocatoria.
Serán gastos subvencionables únicamente los Gastos de Personal, sin incluir dietas ni
kilometraje, siempre y cuando se realicen en el plazo establecido por las presentes bases de
convocatoria (periodo de ejecución).
No serán subvencionables:
Gastos corrientes, excepto los de personal, antes relacionados.
Gastos de inversión ni gastos de adquisición o reposición de enseres inventariables.
Gastos protocolarios.
Gastos de auditoría.
Gastos de asesoramiento y de representación jurídica.
Asimismo, no serán subvencionables en ningún caso los gastos recogidos en el artículo
31.7 y 8 de la Ley General de Subvenciones.
PLAZO DE EJECUCIÓN.
Las contrataciones se deberán realizar desde el día siguiente a la publicación del Extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres hasta el 30 de noviembre de 2021,
ambos inclusive.
Los gastos deberán realizarse dentro del periodo de ejecución y los pagos correspondientes a
CVE:
BOP-2021-1661
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de abril de 2021
N.º 0071
Pág. 7671
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La publicación de la resolución de concesión y sus posibles modificaciones ulteriores y de los
demás actos del procedimiento, en la sede electrónica de la Diputación de Cáceres surtirá
todos los efectos de la notificación practicada según lo dispuesto en el artículo 43.3 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
En aquellos casos en los que, como resultado de la fase de justificación y comprobación,
tuviera lugar un procedimiento de reintegro, las notificaciones relacionadas con dicho
procedimiento se realizarán bajo la modalidad de notificación por comparecencia electrónica,
según lo establecido en el artículo 40 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el
que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de acceso electrónico.
BASE NOVENA. GASTOS SUBVENCIONABLES. PLAZO DE EJECUCIÓN. PRÓRROGA.
DOCUMENTACIÓN.
GASTOS SUBVENCIONABLES.
Las actividades objeto de la presente convocatoria de ayudas están relacionados en las bases
primera y segunda de la presente convocatoria.
Serán gastos subvencionables únicamente los Gastos de Personal, sin incluir dietas ni
kilometraje, siempre y cuando se realicen en el plazo establecido por las presentes bases de
convocatoria (periodo de ejecución).
No serán subvencionables:
Gastos corrientes, excepto los de personal, antes relacionados.
Gastos de inversión ni gastos de adquisición o reposición de enseres inventariables.
Gastos protocolarios.
Gastos de auditoría.
Gastos de asesoramiento y de representación jurídica.
Asimismo, no serán subvencionables en ningún caso los gastos recogidos en el artículo
31.7 y 8 de la Ley General de Subvenciones.
PLAZO DE EJECUCIÓN.
Las contrataciones se deberán realizar desde el día siguiente a la publicación del Extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres hasta el 30 de noviembre de 2021,
ambos inclusive.
Los gastos deberán realizarse dentro del periodo de ejecución y los pagos correspondientes a
CVE:
BOP-2021-1661
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de abril de 2021
N.º 0071
Pág. 7671