Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-1621)
BOP-2021-1621 Aprobación definitiva Reglamento sobre Expurgo de Documentos del Archivo Administrativo.
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 Técnica del ejemplar: Consiste en la selección de algún ejemplar de tal
manera que quede constancia de cómo se tramitaba o gestionaba la
documentación.
 Muestreo selectivo: Consiste en elegir determinados documentos por su
importancia o significación, porque se considera que tienen valor para fines
de investigación.
 Muestreo numérico: Se elige el primer documento de la muestra al azar y a
partir de éste, se establecen intervalos según el tamaño de muestra que se
desee conservar.
 Muestreo cronológico: Selección de determinados años o periodos.
 Muestreo topográfico: La base del muestreo es el territorio y se conserva la
documentación referente a una zona.
 Muestreo alfabético: Se emplea para documentación ordenada
alfabéticamente.
 Muestreo aleatorio: Se toma una serie de números extraídos al azar de
entre todos los existentes, sin depender de una pauta. Se obtiene a partir de
una tabla de números aleatorios y, por lo tanto, la serie tiene que estar
numerada. Se considera el método más fiable porque en él todos los
documentos tienen la misma probabilidad de representar a la serie.
Cuando un Servicio u Oficina desee destruir documentación archivada, deberá
contar con el dictamen previo de la Comisión de Valoración Documental del
Ayuntamiento de Cáceres, salvo en los supuestos previstos a continuación:
 Fotocopias, copias o duplicados cuyo original exista y sea legible.
 Documentos digitalizados certificadamente, para los cuales la destrucción
del original en papel esté avalada por la legislación vigente.
 Añadidos sin valor documental: sobres de correo ordinario y notas
manuscritas sin información.
De la documentación en papel susceptible de ser transferida, se eliminarán
todos los elementos extraños que puedan degradar la conservación de la misma,
como grapas, gomas elásticas, clips, cinta adhesiva, post-it, etc.
9.2. Documentación electrónica.
Para la valoración, selección y expurgo de la documentación electrónica se
deberán seguir los mismos criterios que para la documentación en papel
especificados en el punto anterior.
9.3. Valoración y expurgo.
Los estudios de valoración y selección de documentos corresponderá a las
distintas unidades productoras junto con el Servicio de Archivo, o unidad
CVE:
BOP-2021-1621
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 13 de abril de 2021
N.º 0068
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