Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2021-1591)
BOP-2021-1591 Provisión de una plaza de Técnico/a Medio/a Administración General.
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abono de la tasa por derechos de examen (o documentación acreditativa de estar exento/a de
su abono), fotocopia del DNI, fotocopia de la titulación requerida, manifestando en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base 2, referidos a la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. El cumplimiento de estos
requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes en la
forma prevista en la base 8.3.
4.2. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Sra. Alcaldesa-Presidenta de la
Corporación dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as, así
como la de excluidos/as.
Dicha resolución se publicará en el B.O.P. de Cáceres, en el tablón de anuncios y página web
del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, junto con la relación de aspirantes excluidos/as y
causas que han motivado la exclusión.
4.3. Los/as aspirantes excluidos/as, así como los/as omitidos/as en las relaciones de
admitidos/as y excluidos/as, dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del
siguiente a la publicación de la resolución en el B.O.P. de Cáceres, para subsanar los defectos
que hayan motivado su exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos/as y
excluidos/as.
Los/as aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaren la exclusión o aleguen la
omisión, justificando su derecho a ser incluidos/as en la relación de admitidos/as, serán
definitivamente excluidos/as de la realización de las pruebas.
4.4. Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en el B.O.P. de Cáceres la
resolución elevando a definitiva la lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as,
con la inclusión correspondiente como admitidos/as de aquellos/as que fueron excluidos/as y
que hayan subsanado errores u omisiones.
Copia de dicha resolución se expondrá al público en el tablón de anuncios y página web
municipal, en el mismo día en que se remita al B.O.P. para su publicación.
4.5. Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas otras
que resuelvan la subsanación de defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo conforme a la Ley Reguladora de dicha Jurisdicción.
4.6. En todo caso, a fin de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, los/as aspirantes comprobarán no solo que no figuran en la
relación de excluidos/as objeto de publicación en el B.O.P., sino también que sus nombres
CVE:
BOP-2021-1591
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de abril de 2021
N.º 0067
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