Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2021-1591)
BOP-2021-1591 Provisión de una plaza de Técnico/a Medio/a Administración General.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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1. Bonificaciones a favor de desempleados/as. Las personas que se encuentren en
situación de desempleo, debidamente inscritas en el Centro de Empleo correspondiente
a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, tendrán derecho a una
bonificación del 50 por 100 de la cuota prevista en el epígrafe anterior, por derecho de
examen en las pruebas selectivas para acceso a cualquier de los apartados anteriores,
1. y 2. Deberán aportar certificación acreditativa del Centro de Empleo correspondiente
2. Beneficios fiscales a favor de personas discapacitadas. Las personas que tengan
reconocida por la Administración Pública competente un grado de discapacidad superior
al 33 por 100, abonarán por su participación en pruebas selectivas a cualquiera de los
apartados anteriores 1. y 2., la cantidad de cero euro. Deberán aportar fotocopia
compulsada de la declaración administrativa de invalidez o disminución física expedida
por el Organismo o autoridad competente.
3. Beneficios fiscales a favor de funcionarios/as o personal laboral del Ayuntamiento de
Navalmoral de la Mata (Cáceres). Los/as funcionarios/as o personal laboral de este
Ayuntamiento, abonarán por su participación en pruebas selectivas al apartado 1, la
cantidad de cero euro”.
Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los/as aspirantes que
hayan quedado definitivamente excluidos/as de las pruebas selectivas. A tales efectos,
el reintegro se realizará previa solicitud del/a interesado/a. No se procederá a la
devolución de tasas en los supuestos de exclusión de participación en las pruebas
selectivas por causa imputable a la persona interesada.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del
trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
3.3. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier
momento, de oficio o a petición del/a interesado/a.
3.4. Los/as aspirantes quedan vinculados/as a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, pudiendo demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo
establecido en la Base 3.2.2 para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se
admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
CUARTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
4.1. Para ser admitido/a al proceso los/as aspirantes deberán presentar su solicitud
debidamente cumplimentada y registrada, acompañando el justificante o comprobante de
CVE:
BOP-2021-1591
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de abril de 2021
N.º 0067
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situación de desempleo, debidamente inscritas en el Centro de Empleo correspondiente
a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, tendrán derecho a una
bonificación del 50 por 100 de la cuota prevista en el epígrafe anterior, por derecho de
examen en las pruebas selectivas para acceso a cualquier de los apartados anteriores,
1. y 2. Deberán aportar certificación acreditativa del Centro de Empleo correspondiente
2. Beneficios fiscales a favor de personas discapacitadas. Las personas que tengan
reconocida por la Administración Pública competente un grado de discapacidad superior
al 33 por 100, abonarán por su participación en pruebas selectivas a cualquiera de los
apartados anteriores 1. y 2., la cantidad de cero euro. Deberán aportar fotocopia
compulsada de la declaración administrativa de invalidez o disminución física expedida
por el Organismo o autoridad competente.
3. Beneficios fiscales a favor de funcionarios/as o personal laboral del Ayuntamiento de
Navalmoral de la Mata (Cáceres). Los/as funcionarios/as o personal laboral de este
Ayuntamiento, abonarán por su participación en pruebas selectivas al apartado 1, la
cantidad de cero euro”.
Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los/as aspirantes que
hayan quedado definitivamente excluidos/as de las pruebas selectivas. A tales efectos,
el reintegro se realizará previa solicitud del/a interesado/a. No se procederá a la
devolución de tasas en los supuestos de exclusión de participación en las pruebas
selectivas por causa imputable a la persona interesada.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del
trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
3.3. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier
momento, de oficio o a petición del/a interesado/a.
3.4. Los/as aspirantes quedan vinculados/as a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, pudiendo demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo
establecido en la Base 3.2.2 para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se
admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
CUARTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
4.1. Para ser admitido/a al proceso los/as aspirantes deberán presentar su solicitud
debidamente cumplimentada y registrada, acompañando el justificante o comprobante de
CVE:
BOP-2021-1591
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de abril de 2021
N.º 0067
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