Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2021-1591)
BOP-2021-1591 Provisión de una plaza de Técnico/a Medio/a Administración General.
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5.9. Los Tribunales podrán excluir a aquellos/as opositores/as en cuyas hojas de examen
figuren nombres, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los/as autores/as o
lleven a cabo cualquier actuación de tipo fraudulento durante la realización de los ejercicios.
SEXTA. COMIENZO Y DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS.
6.1. El lugar, día y hora de realización del primer ejercicio de las pruebas selectivas se hará
público mediante anuncio del Tribunal Calificador en el tablón de anuncios y página web
municipal, con la debida antelación. Este mismo procedimiento se seguirá para hacer público el
lugar, día y hora de realización del segundo ejercicio de las pruebas selectivas.
Los/as aspirantes serán convocados/as para los ejercicios en llamamiento único y deberán de
ir provistos/as del DNI. La no presentación al ejercicio en el momento de ser llamados/as,
comporta que decae automáticamente en su derecho a participar en el mismo y, en
consecuencia, quedará excluido/a del proceso selectivo.
No obstante, en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que hayan impedido la
presentación de los/as aspirantes en el momento previsto, siempre que esté debidamente
justificado y así lo aprecie el Tribunal, se podrá examinar a los/as aspirantes afectados/as por
estas circunstancias, siempre que no haya finalizado la prueba correspondiente o, de haber
finalizado, cuando no se entorpezca el desarrollo de la convocatoria con perjuicio para el
interés general o de terceros.
6.2. El orden de actuación de los/as aspirantes se realizará por orden alfabético, a contar de la
letra, que resulte del sorteo a efectuar para determinar el orden de actuación en las pruebas
selectivas que se convoquen durante el presente ejercicio de 2020, en aquellos ejercicios que
no puedan llevarse a cabo de manera conjunta, por todos/as los/as aspirantes presentados/as.
Los/as aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas selectivas con dispositivos
de telefonía móvil, pulseras electrónicas, relojes ni cualquier otro sistema que permita la
emisión o recepción de comunicaciones, ni siquiera apagados, pudiendo ser comprobado este
extremo en cualquier momento por parte de los/as miembros del Tribunal Calificador, a través
de los medios que estime oportunos. Ante el incumplimiento de esta previsión, el Tribunal
Calificador podrá acordar, motivadamente, la exclusión del/a aspirante del proceso selectivo.
6.3. El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas
para que los ejercicios sean corregidos sin conocer la identidad del/a aspirante.
6.4. De cada sesión que celebre el Tribunal, el/la Secretario/a levantará acta donde se harán
constar las calificaciones de los ejercicios de los/as aspirantes y las incidencias y votaciones
CVE:
BOP-2021-1591
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de abril de 2021
N.º 0067
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