Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2021-1368)
BOP-2021-1368 Bases que regirán la convocatoria del proceso selectivo para la constitución de una Bolsa de Trabajo de Personal Laboral Temporal, Arquitecto/a, del Excmo. Ayuntamiento de Trujillo.
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selección y la puntuación alcanzada, así como la propuesta de constitución de la Bolsa de
Trabajo por orden decreciente de puntuación, estableciéndose en la misma un plazo de TRES
DIAS para la presentación de reclamaciones por escrito por parte de los aspirantes, que serán
resueltas por el Tribunal y notificándose su resolución a todos y cada uno de los reclamantes.
Si como consecuencia de estas reclamaciones se produjeran cambios en la composición de la
Bolsa de Trabajo, la misma será de nuevo objeto de publicación en el tablón de anuncios y en
la sede electrónica municipal.
A medida que se vaya requiriendo la contratación de los componentes de la Bolsa de Trabajo,
éstos estarán obligados a presentar en el Departamento de Recursos Humanos, los
documentos acreditativos de las condiciones y requisitos para tomar parte en este
procedimiento que se exigen en la base cuarta de la convocatoria y que no se recogen entre la
documentación presentada de conformidad con la base quinta de la convocatoria:
Certificado médico que acredite que no se padece enfermedad, defecto o limitación
física o psíquica que sea incompatible, impida o menoscabe el normal desempeño de
las funciones propias del puesto de trabajo de Arquitecto.
Declaración responsable de no haber sido separado o inhabilitado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse
inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme, ni estar
incurso en causa de incapacidad ni de incompatibilidad.
Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto no
presentara la documentación o no reuniera los requisitos, no podrá ser nombrado y será
excluido de la bolsa de trabajo, proponiéndose el nombramiento al siguiente de la lista, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubiere podido incurrir por falsedad en la instancia
solicitando tomar parte en la convocatoria.
DÉCIMOPRIMERA. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
Efectuado el nombramiento se procederá a la formalización del contrato en el plazo que se
indique.
Quien sin causa justificada no formalizase el contrato dentro del plazo señalado por esta
Entidad Local, supondrá la ineficiencia de su nombramiento con pérdida del derecho a adquirir
la condición de personal laboral temporal del Ayuntamiento de Trujillo y su baja definitiva de la
bolsa de trabajo, procediéndose por la Alcaldía al nombramiento del siguiente aspirante que
por orden de puntuación le corresponda, previos los trámites procedentes.
CVE:
BOP-2021-1368
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de marzo de 2021
N.º 0059
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