Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hoyos. (BOP-2021-1338)
BOP-2021-1338 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal reguladora de vertidos.
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TITULO VI. INSPECCION TÉCNICA
Artículo 21- Acta de Inspección.
1.- De cada inspección que se lleve a cabo se levantará acta por triplicado.
2.- El acta de inspección recogerá, con el mayor grado de detalle posible, todos aquellos
aspectos que puedan ser de interés para determinar la adaptación de las instalaciones a lo
prescrito en la presente Ordenanza, al Reglamento de Ordenación de Vertidos de Aguas
Residuales de la Mancomunidad de Municipios Sierra de Gata, y a lo consignado en la
autorización de vertido.
De modo no exhaustivo, se enumeran los siguientes aspectos:
a) Aquellos datos que se recogen en el artículo 18 del Reglamento de Ordenación de
Vertidos de Aguas Residuales de la Mancomunidad de Municipios Sierra de Gata, tales
como; finca, descripción detallada de la anormalidad observada, y elementos de
pruebas, si existen, debiéndose invitar al/la usuario/a, personal dependiente del mismo,
familiar o cualquier otro testigo a que presencie la inspección y firme el acta, pudiendo
el/la usuario/a hacer constar, con su firma, las manifestaciones que estime pertinentes.
b) Estado de las instalaciones y del funcionamiento de los medios que para el control de
los vertidos se hubieran establecido en la autorización de vertido.
c) Datos de las muestras recogidas, con indicación del lugar de muestreo, número de
muestras, etc.
d) Resultado de las mediciones realizadas in situ.
e) Datos relativos a la comprobación del cumplimiento del/la usuario/a de los
compromisos detallados en la autorización de vertido.
f) Cualquier otro dato y observaciones que resulte necesario para el correcto desarrollo
de la labor inspectora.
3.- El acta, una vez completada, será firmada conjuntamente por el/la inspector/a competente y
el/la usuario/a o persona delegada, con indicación de la fecha (día, mes y año) y de las horas
de comienzo y finalización de las actuaciones.
4.- Se hará entrega al/la usuario/a o persona delegada de una copia firmada del Acta de
Inspección.
CVE:
BOP-2021-1338
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de marzo de 2021
N.º 0059
Pág. 6172
Artículo 21- Acta de Inspección.
1.- De cada inspección que se lleve a cabo se levantará acta por triplicado.
2.- El acta de inspección recogerá, con el mayor grado de detalle posible, todos aquellos
aspectos que puedan ser de interés para determinar la adaptación de las instalaciones a lo
prescrito en la presente Ordenanza, al Reglamento de Ordenación de Vertidos de Aguas
Residuales de la Mancomunidad de Municipios Sierra de Gata, y a lo consignado en la
autorización de vertido.
De modo no exhaustivo, se enumeran los siguientes aspectos:
a) Aquellos datos que se recogen en el artículo 18 del Reglamento de Ordenación de
Vertidos de Aguas Residuales de la Mancomunidad de Municipios Sierra de Gata, tales
como; finca, descripción detallada de la anormalidad observada, y elementos de
pruebas, si existen, debiéndose invitar al/la usuario/a, personal dependiente del mismo,
familiar o cualquier otro testigo a que presencie la inspección y firme el acta, pudiendo
el/la usuario/a hacer constar, con su firma, las manifestaciones que estime pertinentes.
b) Estado de las instalaciones y del funcionamiento de los medios que para el control de
los vertidos se hubieran establecido en la autorización de vertido.
c) Datos de las muestras recogidas, con indicación del lugar de muestreo, número de
muestras, etc.
d) Resultado de las mediciones realizadas in situ.
e) Datos relativos a la comprobación del cumplimiento del/la usuario/a de los
compromisos detallados en la autorización de vertido.
f) Cualquier otro dato y observaciones que resulte necesario para el correcto desarrollo
de la labor inspectora.
3.- El acta, una vez completada, será firmada conjuntamente por el/la inspector/a competente y
el/la usuario/a o persona delegada, con indicación de la fecha (día, mes y año) y de las horas
de comienzo y finalización de las actuaciones.
4.- Se hará entrega al/la usuario/a o persona delegada de una copia firmada del Acta de
Inspección.
CVE:
BOP-2021-1338
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de marzo de 2021
N.º 0059
Pág. 6172