Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hoyos. (BOP-2021-1338)
BOP-2021-1338 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal reguladora de vertidos.
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5.- La firma por parte del/la usuario/a o persona delegada del Acta de Inspección no implicará,
necesariamente, conformidad con el contenido del Acta.
6.- Cuando el/la usuario/a o persona delegada se negase a intervenir en el acta, ésta tendrá
que ser autentificada con la firma de un/a testigo.
Artículo 22- Medidas Cautelares.
Cuando se produzcan situaciones de inminente gravedad como consecuencia de los vertidos,
el ayuntamiento podrá ordenar motivadamente la suspensión inmediata del vertido o cualquier
otra media cautelar necesaria, sin perjuicio del expediente sancionador que en su caso
proceda.
TITULO VII. INFRACCIONES Y SANCIONES
Todo lo concerniente al régimen de infracciones y sanciones será de aplicación lo dispuesto en
el CAPITULO 8 del Reglamento de Ordenación de Vertidos de Aguas Residuales de la
Mancomunidad de Municipios Sierra de Gata
DISPOSICION TRANSITORIA.
UNICA.- ADECUACION DE INSTALACIONES.
Las instalaciones existentes a la entrada en vigor del presente Reglamento deberán adoptar las
siguientes medidas
1.- Todas las actividades industriales, comerciales y/o de carácter terciario, existentes antes de
la entrada en vigor de esta Ordenanza, que viertan o prevean verter a la red de alcantarillado
municipal superando tanto los límites establecidos, como alguna de las características
indicadas en los apartados del artículo 4 sobre limitaciones generales, deberán tramitar en el
plazo de seis meses a partir de la aprobación de esta Ordenanza, su inscripción obligatoria en
el Registro Municipal de Vertidos de este Ayuntamiento según el procedimiento dispuesto en la
presente ordenanza.
A su vez instarán la preceptiva autorización municipal de vertido, para el caso de que no
contaran con la misma
Para el caso de que sobrepasen los límites establecidos en la presente ordenanza, deberá
presentar junto con la solicitud de autorización municipal de vertido, el proyecto a ejecutar para
sus instalaciones y vertidos correspondientes, de forma que las características de los mismos
queden dentro de los límites señalados.
CVE:
BOP-2021-1338
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de marzo de 2021
N.º 0059
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