Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hoyos. (BOP-2021-1338)
BOP-2021-1338 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal reguladora de vertidos.
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Alcalde del Excmo. Ayuntamiento y acompañada del ANEXO III, del Reglamento de
Ordenación de Vertidos de Aguas Residuales de la Mancomunidad de Municipios Sierra de
Gata, debidamente cumplimentado.
A la vista de dichos datos, el SMS – MMSG podrá autorizar los referidos vertidos sin necesidad
de tratamiento corrector previo, exigir la realización de medidas correctoras según el artículo 8
de la presente Ordenanza o de cualquiera de las cuestiones que se desarrollan en el
Reglamento de Ordenación de Vertidos de Aguas Residuales de la Mancomunidad de
Municipios Sierra de Gata, o sostener la denegación de la referida autorización de vertido.
3.- Inscripción en el Registro Municipal de Vertidos.
a).- Vertidos vinculados a un uso domestico.
Para los vertidos con la condición de domésticos, esta inscripción en el Registro municipal de
vertidos no será necesaria, pues se presupone que cumplen las limitaciones impuestas en el
Reglamento de Ordenación de Vertidos de Aguas Residuales de la Mancomunidad de
Municipios Sierra de Gata.
b).- Vertidos vinculados a actividades industriales, comerciales y de carácter terciario.
Toda actividad industrial, comercial y de carácter terciario, que genere aguas residuales y
vertidos de cualquier tipo que deban evacuarse a la red municipal, deberá estar inscrita en el
Registro Municipal de Vertidos, siendo esta inscripción condición indispensable para obtener la
preceptiva autorización de vertidos.
La solicitud de inscripción en el Registro Municipal de Vertidos, se realizará en modelo oficial
del Ayuntamiento, e irá firmada por el representante legal de la actividad o persona autorizada
y dirigida al Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Hoyos,
La inscripción en el Registro, según lo recogido en el art. 8 del Reglamento de Ordenación de
Vertidos de Aguas Residuales de la Mancomunidad de Municipios Sierra de Gata, irá
acompañada de documento firmado por el/la representante legal de la actividad o persona
autorizada, que deberá proporcionar la siguiente información:
- Nombre y dirección de la persona física o entidad jurídica solicitante, así como los
datos de identificación del representante que efectúa la solicitud.
- Volumen de agua que consume la industria.
CVE:
BOP-2021-1338
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de marzo de 2021
N.º 0059
Pág. 6165
Ordenación de Vertidos de Aguas Residuales de la Mancomunidad de Municipios Sierra de
Gata, debidamente cumplimentado.
A la vista de dichos datos, el SMS – MMSG podrá autorizar los referidos vertidos sin necesidad
de tratamiento corrector previo, exigir la realización de medidas correctoras según el artículo 8
de la presente Ordenanza o de cualquiera de las cuestiones que se desarrollan en el
Reglamento de Ordenación de Vertidos de Aguas Residuales de la Mancomunidad de
Municipios Sierra de Gata, o sostener la denegación de la referida autorización de vertido.
3.- Inscripción en el Registro Municipal de Vertidos.
a).- Vertidos vinculados a un uso domestico.
Para los vertidos con la condición de domésticos, esta inscripción en el Registro municipal de
vertidos no será necesaria, pues se presupone que cumplen las limitaciones impuestas en el
Reglamento de Ordenación de Vertidos de Aguas Residuales de la Mancomunidad de
Municipios Sierra de Gata.
b).- Vertidos vinculados a actividades industriales, comerciales y de carácter terciario.
Toda actividad industrial, comercial y de carácter terciario, que genere aguas residuales y
vertidos de cualquier tipo que deban evacuarse a la red municipal, deberá estar inscrita en el
Registro Municipal de Vertidos, siendo esta inscripción condición indispensable para obtener la
preceptiva autorización de vertidos.
La solicitud de inscripción en el Registro Municipal de Vertidos, se realizará en modelo oficial
del Ayuntamiento, e irá firmada por el representante legal de la actividad o persona autorizada
y dirigida al Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Hoyos,
La inscripción en el Registro, según lo recogido en el art. 8 del Reglamento de Ordenación de
Vertidos de Aguas Residuales de la Mancomunidad de Municipios Sierra de Gata, irá
acompañada de documento firmado por el/la representante legal de la actividad o persona
autorizada, que deberá proporcionar la siguiente información:
- Nombre y dirección de la persona física o entidad jurídica solicitante, así como los
datos de identificación del representante que efectúa la solicitud.
- Volumen de agua que consume la industria.
CVE:
BOP-2021-1338
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de marzo de 2021
N.º 0059
Pág. 6165