Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hoyos. (BOP-2021-1338)
BOP-2021-1338 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal reguladora de vertidos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Consulta descriptiva y grafica de datos catastrales del bien inmueble.
Croquis o esquema que recoja las condiciones técnicas de la conexión, de conformidad
con la normativa vigente.
Copia de la licencia de primera ocupación o primera utilización, según el uso, de la
edificación para la que se pretende la conexión al saneamiento.
Para el caso de edificaciones en suelo rustico, se podrá autorizar la conexión a la red
pública de saneamiento, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
Justificación de la necesidad de conexión a la red de saneamiento municipal y la
imposibilidad de garantizar depuración de los residuos y vertidos que se generenpor
cualquier otro medio.
Que la conexión se realice por suelo público y, en todo caso, que desde el límite del
inmueble vinculado a la conexión hasta la infraestructura pública de saneamiento, no
exista una distancia superior a 100 metros.
Se hayan obtenido las autorizaciones, o informes favorables, de otras administraciones
públicas, en el caso de que fueran necesarias según lo dispuesto por la normativa
sectorial en vigor.
2.- Autorización municipal de vertido a la red de saneamiento.
Los requisitos vinculados a la obtención de la autorización municipal de vertidos serán los
siguientes para cada tipo de vertido:
a).- Vertidos domésticos
Todo vertido de tipo doméstico quedará autorizado en el momento de la concesión de la
oportuna licencia de conexión a la red de alcantarillado.
b).- Vertidos de instalaciones, usos y/o actividades industriales, comerciales y de
carácter terciario.
Para el caso de instalaciones, usos y/o actividades industriales, comerciales y de carácter
terciario, será preceptivo obtener una autorización de vertido, previamente al inicio de la
misma. En este caso la autorización de vertido se podrá solicitar y tramitar de forma simultánea
a la oportuna licencia municipal de conexión a la red de saneamiento (acometida)
La solicitud de autorización de vertido de establecimientos industriales, comerciales y de
carácter terciario, se tramitará y se otorgará según el procedimiento que se describe en el
Capítulo Segundo, art. 6 y ss., y con estricta sujeción al resto de condiciones que se recogen
en el Reglamento de Ordenación de Vertidos de Aguas Residuales de la Mancomunidad de
Municipios Sierra de Gata, iniciándose mediante solicitud, en modelo oficial, dirigida al Sr.
CVE:
BOP-2021-1338
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de marzo de 2021
N.º 0059
Pág. 6164
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Consulta descriptiva y grafica de datos catastrales del bien inmueble.
Croquis o esquema que recoja las condiciones técnicas de la conexión, de conformidad
con la normativa vigente.
Copia de la licencia de primera ocupación o primera utilización, según el uso, de la
edificación para la que se pretende la conexión al saneamiento.
Para el caso de edificaciones en suelo rustico, se podrá autorizar la conexión a la red
pública de saneamiento, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
Justificación de la necesidad de conexión a la red de saneamiento municipal y la
imposibilidad de garantizar depuración de los residuos y vertidos que se generenpor
cualquier otro medio.
Que la conexión se realice por suelo público y, en todo caso, que desde el límite del
inmueble vinculado a la conexión hasta la infraestructura pública de saneamiento, no
exista una distancia superior a 100 metros.
Se hayan obtenido las autorizaciones, o informes favorables, de otras administraciones
públicas, en el caso de que fueran necesarias según lo dispuesto por la normativa
sectorial en vigor.
2.- Autorización municipal de vertido a la red de saneamiento.
Los requisitos vinculados a la obtención de la autorización municipal de vertidos serán los
siguientes para cada tipo de vertido:
a).- Vertidos domésticos
Todo vertido de tipo doméstico quedará autorizado en el momento de la concesión de la
oportuna licencia de conexión a la red de alcantarillado.
b).- Vertidos de instalaciones, usos y/o actividades industriales, comerciales y de
carácter terciario.
Para el caso de instalaciones, usos y/o actividades industriales, comerciales y de carácter
terciario, será preceptivo obtener una autorización de vertido, previamente al inicio de la
misma. En este caso la autorización de vertido se podrá solicitar y tramitar de forma simultánea
a la oportuna licencia municipal de conexión a la red de saneamiento (acometida)
La solicitud de autorización de vertido de establecimientos industriales, comerciales y de
carácter terciario, se tramitará y se otorgará según el procedimiento que se describe en el
Capítulo Segundo, art. 6 y ss., y con estricta sujeción al resto de condiciones que se recogen
en el Reglamento de Ordenación de Vertidos de Aguas Residuales de la Mancomunidad de
Municipios Sierra de Gata, iniciándose mediante solicitud, en modelo oficial, dirigida al Sr.
CVE:
BOP-2021-1338
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de marzo de 2021
N.º 0059
Pág. 6164