Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-1327)
BOP-2021-1327 Bases que han de regir la concesion de Subvenciones para Entidades de Acción Social en la ciudad de Cáceres para el año 2021.
29 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Cáceres
Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante
el CSV: 13523555153615747133 en http://sede.caceres.es
situación sanitaria, y se deben evitar situaciones en las que se solicite una subvención para
la realización de unas actividades respecto de las cuales no existe la certeza de que
finalmente puedan realizarse.
BASE NOVENA.- COMPOSICIÓN COMISIÓN DE VALORACIÓN
La Comisión de Valoración, encargada de la evaluación de las solicitudes que reúnan los
requisitos establecidos en la convocatoria, tiene la consideración de órgano colegiado y
estará formada por:
La Dirección del IMAS, o persona en quien delegue, ostentando la
Presidencia de la Comisión.
Al menos un Técnico/a Municipal competente por razón de la materia,
actuando en condición de vocal/es.
Secretaría General de la Corporación o persona en quien delegue,
ostentando la Secretaría de la Comisión.
BASE DECIMA.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
1.- La asignación de Subvenciones se realizará de manera proporcional a la puntuación
obtenida que se describe en el punto 3, mediante la fórmula:
Puntuación obtenida X crédito disponible destinado a la
categoría o subcategoría del plan
Cantidad a conceder =
Suma de la puntación obtenida por todos los proyectos de la
categoría
2.- Los criterios de valoración de los proyectos estarán supeditados a los proyectos
presentados dentro de cada categoría, siendo el equipo técnico del órgano gestor de la
subvención, el responsable de clasificarlos en función de sus objetivos, destinatarios,
actividades, servicios, etc. en las modalidades planteadas en la Base Segunda.
En todas estas categorías se valorarán por parte del equipo técnico, con una puntuación
máxima de 100 puntos, los siguientes criterios:
1. Importancia e interés público de las actividades a financiar, el beneficio para la
ciudadanía de proyecto, el carácter integral de la actuación a financiar, la necesidad
de la actividad, atendiendo la inexistencia o déficits de actividades o recursos
análogos que atiendan la necesidad, así como las dificultades de llevar a cabo el
proyecto sin la subvención. Se valorará cada proyecto pudiendo obtener una
puntuación máxima de 30 puntos, desglosados de la siguiente forma: 10 puntos el
beneficio para la ciudadanía, 10 puntos por su necesidad y 10 puntos por la dificultad
de ejecutarse sin subvención.
2. Calidad técnica del proyecto. Se valorará la calidad técnica de la formulación del
proyecto, la justificación de las acciones planteadas, que las actividades se expresen
de modo preciso y temporalizado, el detalle presupuestario de las acciones
cuantificando de manera precisa los costes, la coherencia interna, la innovación, los
recursos humanos que participan. Se valorara la calidad técnica del proyecto
pudiendo obtener una puntuación de 0 a 20 puntos. Se valorará con 5 puntos la
formulación, 5 la justificación, 5 las actividades y 5 el presupuesto.
3. Coordinación del proyecto con la intervención pública en la materia, valorando
la implicación de la entidad y el proyecto en protocolos y actuaciones más globales
CVE:
BOP-2021-1327
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de marzo de 2021
N.º 0059
Pág. 6085
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situación sanitaria, y se deben evitar situaciones en las que se solicite una subvención para
la realización de unas actividades respecto de las cuales no existe la certeza de que
finalmente puedan realizarse.
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La Comisión de Valoración, encargada de la evaluación de las solicitudes que reúnan los
requisitos establecidos en la convocatoria, tiene la consideración de órgano colegiado y
estará formada por:
La Dirección del IMAS, o persona en quien delegue, ostentando la
Presidencia de la Comisión.
Al menos un Técnico/a Municipal competente por razón de la materia,
actuando en condición de vocal/es.
Secretaría General de la Corporación o persona en quien delegue,
ostentando la Secretaría de la Comisión.
BASE DECIMA.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
1.- La asignación de Subvenciones se realizará de manera proporcional a la puntuación
obtenida que se describe en el punto 3, mediante la fórmula:
Puntuación obtenida X crédito disponible destinado a la
categoría o subcategoría del plan
Cantidad a conceder =
Suma de la puntación obtenida por todos los proyectos de la
categoría
2.- Los criterios de valoración de los proyectos estarán supeditados a los proyectos
presentados dentro de cada categoría, siendo el equipo técnico del órgano gestor de la
subvención, el responsable de clasificarlos en función de sus objetivos, destinatarios,
actividades, servicios, etc. en las modalidades planteadas en la Base Segunda.
En todas estas categorías se valorarán por parte del equipo técnico, con una puntuación
máxima de 100 puntos, los siguientes criterios:
1. Importancia e interés público de las actividades a financiar, el beneficio para la
ciudadanía de proyecto, el carácter integral de la actuación a financiar, la necesidad
de la actividad, atendiendo la inexistencia o déficits de actividades o recursos
análogos que atiendan la necesidad, así como las dificultades de llevar a cabo el
proyecto sin la subvención. Se valorará cada proyecto pudiendo obtener una
puntuación máxima de 30 puntos, desglosados de la siguiente forma: 10 puntos el
beneficio para la ciudadanía, 10 puntos por su necesidad y 10 puntos por la dificultad
de ejecutarse sin subvención.
2. Calidad técnica del proyecto. Se valorará la calidad técnica de la formulación del
proyecto, la justificación de las acciones planteadas, que las actividades se expresen
de modo preciso y temporalizado, el detalle presupuestario de las acciones
cuantificando de manera precisa los costes, la coherencia interna, la innovación, los
recursos humanos que participan. Se valorara la calidad técnica del proyecto
pudiendo obtener una puntuación de 0 a 20 puntos. Se valorará con 5 puntos la
formulación, 5 la justificación, 5 las actividades y 5 el presupuesto.
3. Coordinación del proyecto con la intervención pública en la materia, valorando
la implicación de la entidad y el proyecto en protocolos y actuaciones más globales
CVE:
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Verificable
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Lunes, 29 de marzo de 2021
N.º 0059
Pág. 6085