Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-1325)
BOP-2021-1325 Bases que han de regir la concesión de subvenciones a ONGs., para proyectos de sensibilización social y educación para la ciudadania global para el año 2021.
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Instituto Municipal de Asuntos Sociales
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Oficial de la Provincia. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución,
legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud
de concesión de la subvención.
7.- La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdo con lo
previsto en el artículo 40 de la Ley 39/ 2015 de 1 de octubre de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
8.- Las resoluciones del procedimiento de concesión agotan la vía administrativa,
según lo dispuesto en el artículo 34 de los Estatutos del IMAS, y contra ellas podrá
interponerse potestativamente recurso de reposición previo al contencioso administrativo,
ante el mismo órgano que las dictó, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y
124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
BASE OCTAVA COMPOSICIÓN COMISIÓN DE VALORACIÓN.
La Comisión de Valoración, encargada de la evaluación de las solicitudes que
reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria, tiene la consideración de órgano
colegiado y estará formada por:
- El Director Gerente del IMAS, o persona en quien
delegue, en condición de Presidente de la Comisión.
- Dos Técnicos Municipales competentes por razón de la
materia, actuando en condición de vocal.
- Secretario General de la Corporación o persona en
quien delegue, en su condición de Secretario.
BASE NOVENA CRITERIOS DE VALORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE
SUBVENCIONES.
1.- El procedimiento de valoración comprenderá una fase de comparación de las
solicitudes presentadas con la finalidad de establecer una prelación entre las mismas de
acuerdo con los criterios objetivos de valoración señalados en el punto 3.
2.- Se adjudicarán aquellas solicitudes que reuniendo los requisitos establecidos
hayan obtenido una mayor valoración en aplicación de dichos criterios teniendo como límite
la cuantía total del crédito presupuestario fijado en esta convocatoria para cada modalidad
de ayuda
3.- Los criterios objetivos de valoración para establecer la prelación y cuantía de las
ayudas a otorgar son los siguientes:
Se valorará de 0 a 100 puntos el proyecto detallado presentado, asignando
proporcionalmente en base a la puntuación obtenida. No serán objeto de subvención los
proyectos con una puntuación inferior a 50 puntos. Los items a valorar serán:
Los proyectos presentados, que cumplan los requisitos administrativos previstos en las
bases reguladoras de las ayudas en materia de educación para la ciudadanía global se
CVE:
BOP-2021-1325
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de marzo de 2021
N.º 0059
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