Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guijo de Granadilla. (BOP-2021-1241)
BOP-2021-1241 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de la instalación de terrazas y elementos auxiliares en terrenos de uso público en el Municipio de Guijo de Granadilla.
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prevista en esta ordenanza sobre suelo público, lo serán a precario y condicionadas al
cumplimiento de las prescripciones y medidas correctoras establecidas en la misma, pudiendo
disponerse su revocación en caso de incumplimiento, sin perjuicio de la facultad revocatoria
justificada por exigencias del interés público. De acordarse la revocación en cualquiera de los
casos indicados, se requerirá en el mismo acto al/la titular de la instalación para que proceda a
su retirada en el plazo que se le indique, sin derecho a indemnización, y con apercibimiento de
que, en caso de incumplimiento, se dispondrá la realización a su costa por los servicios
municipales.
TÍTULO V INFRACCIONES Y SANCIONES
Art. 26. Infracciones.
Son infracciones a esta ordenanza las acciones u omisiones que contravengan lo dispuesto en
la misma.
Art. 27. Sujetos responsables.
Se consideran en todo caso responsables de las infracciones las personas físicas o jurídicas
titulares de las instalaciones.
Art. 28. Clasificación de las infracciones.
Las infracciones de esta ordenanza se clasifican en leves, graves y muy graves.
Son infracciones leves:
La falta de ornato e higiene o limpieza diaria de la instalación o de su entorno.
El incumplimiento de los horarios previstos en la presente Ordenanza.
La falta de exposición en lugar visible para los/las usuarios/as, vecinos/as y
agentes de la autoridad del documento de licencia.
El incumplimiento de cualquier otra obligación prevista en esta ordenanza que
no sea constitutiva de infracción grave o muy grave.
Son infracciones graves:
La comisión de tres infracciones leves en el periodo de un año
La instalación de elementos de mobiliario urbano no previstos en la licencia o
en número mayor de los autorizados.
La instalación de elementos de la terraza sin ajustarse a las condiciones
establecidas en la presente ordenanza.
CVE:
BOP-2021-1241
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 24 de marzo de 2021
N.º 0056
Pág. 5809
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prevista en esta ordenanza sobre suelo público, lo serán a precario y condicionadas al
cumplimiento de las prescripciones y medidas correctoras establecidas en la misma, pudiendo
disponerse su revocación en caso de incumplimiento, sin perjuicio de la facultad revocatoria
justificada por exigencias del interés público. De acordarse la revocación en cualquiera de los
casos indicados, se requerirá en el mismo acto al/la titular de la instalación para que proceda a
su retirada en el plazo que se le indique, sin derecho a indemnización, y con apercibimiento de
que, en caso de incumplimiento, se dispondrá la realización a su costa por los servicios
municipales.
TÍTULO V INFRACCIONES Y SANCIONES
Art. 26. Infracciones.
Son infracciones a esta ordenanza las acciones u omisiones que contravengan lo dispuesto en
la misma.
Art. 27. Sujetos responsables.
Se consideran en todo caso responsables de las infracciones las personas físicas o jurídicas
titulares de las instalaciones.
Art. 28. Clasificación de las infracciones.
Las infracciones de esta ordenanza se clasifican en leves, graves y muy graves.
Son infracciones leves:
La falta de ornato e higiene o limpieza diaria de la instalación o de su entorno.
El incumplimiento de los horarios previstos en la presente Ordenanza.
La falta de exposición en lugar visible para los/las usuarios/as, vecinos/as y
agentes de la autoridad del documento de licencia.
El incumplimiento de cualquier otra obligación prevista en esta ordenanza que
no sea constitutiva de infracción grave o muy grave.
Son infracciones graves:
La comisión de tres infracciones leves en el periodo de un año
La instalación de elementos de mobiliario urbano no previstos en la licencia o
en número mayor de los autorizados.
La instalación de elementos de la terraza sin ajustarse a las condiciones
establecidas en la presente ordenanza.
CVE:
BOP-2021-1241
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 24 de marzo de 2021
N.º 0056
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