Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zarza de Montánchez. (BOP-2021-1214)
BOP-2021-1214 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la Tarjeta de Estacionamiento para Personas con Discapacidad por Movilidad Reducida.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo
hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en
el artículo 21 de la citada ley 39/2015.
Respecto al lugar en que los interesados deben presentar la solicitud y la documentación que la acompaña, habrá que
estar a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Los documentos que los interesados dirijan
a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
— En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros
electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
— En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
— En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
— En las oficinas de asistencia en materia de registros.
— En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
b. Documentación.
El interesado en la concesión de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad deberá aportar la
siguiente documentación:
1. Solicitud dirigida al Ayuntamiento, con los datos identificativos del solicitante, incluido el sexo cuando se trate de
persona física, en modelo proporcionado por el Ayuntamiento
2. En el caso de persona con discapacidad, se aportará la siguiente documentación:
a) Dos fotografías a color de tamaño carné, originales y actuales.
b) Certificado de empadronamiento.
c) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, o, en caso de ser menor de edad y no disponer de DNI, fotocopia
del libro de familia o autorización a sus efectos.
d) Documento acreditativo del Grado de Discapacidad.
e) Certificado emitido por el equipo de valoración del Centro de Atención a la Discapacidad de Extremadura (CADEX) de
la Consejería con competencias en materia de accesibilidad de la Junta de Extremadura, en el cual se recoja:
1º Que presente movilidad reducida, conforme al anexo II del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de
procedimiento para reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, o que muestre en el mejor ojo
una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos.
2º Que no se encuentre, por razones de salud u otras causas, imposibilitado para efectuar desplazamientos fuera del
hogar.
3. En caso de persona física o jurídica titular de vehículo destinado exclusivamente al transporte colectivo de personas
con discapacidad, además de la solicitud se aportará:
a) Documento que acredite que el vehículo se destina exclusivamente al transporte colectivo de personas con
discapacidad para la prestación de servicios sociales de promoción de la autonomía personal y de atención a la
dependencia, a que se refiere la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a
las Personas en Situación de Dependencia, así como los servicios sociales a los que se refiere el texto refundido de la
Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
El citado documento podrá sustituirse por una declaración responsable que contenga la mención a que se hace
referencia en el párrafo anterior.
b) Permiso de circulación del vehículo.
c) Tarjeta de características técnicas del vehículo con ITV en vigor.
d) Documento que acredite que su domicilio social se encuentra en el municipio donde ha presentado la solicitud de la
tarjeta de estacionamiento, o que su actividad se realiza principalmente en dicha localidad.
e) Último recibo del IAE o, en su defecto, del certificado de alta en este impuesto.
c. Instrucción
Una vez comprobado por el Ayuntamiento que el solicitante reúne los requisitos establecidos, el Ayuntamiento
comunicara los datos necesarios a la consejería con competencias en materia de transporte para su cotejo e inclusión
en el registro de tarjetas, con solicitud simultánea de emisión de la correspondiente tarjeta de estacionamiento.
c. Resolución.
El órgano encargado del registro de tarjetas verificará los datos de la persona solicitante para su inscripción en el
mismo. En el supuesto de no detectarse impedimento para ello remitirá la tarjeta de estacionamiento al Ayuntamiento,
con su correspondiente número de registro.
Si se detecta algún impedimento para la concesión de la tarjeta de estacionamiento, se comunicará el motivo al
Ayuntamiento interesado, sin entrega de la misma. En este caso, el Ayuntamiento realizará las comprobaciones
oportunas para subsanar posibles deficiencias o, en su caso, denegar razonadamente la solicitud de la tarjeta.
d. Expedición tarjeta
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CVE:
BOP-2021-1214
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de marzo de 2021
N.º 0054
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hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en
el artículo 21 de la citada ley 39/2015.
Respecto al lugar en que los interesados deben presentar la solicitud y la documentación que la acompaña, habrá que
estar a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Los documentos que los interesados dirijan
a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
— En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros
electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
— En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
— En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
— En las oficinas de asistencia en materia de registros.
— En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
b. Documentación.
El interesado en la concesión de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad deberá aportar la
siguiente documentación:
1. Solicitud dirigida al Ayuntamiento, con los datos identificativos del solicitante, incluido el sexo cuando se trate de
persona física, en modelo proporcionado por el Ayuntamiento
2. En el caso de persona con discapacidad, se aportará la siguiente documentación:
a) Dos fotografías a color de tamaño carné, originales y actuales.
b) Certificado de empadronamiento.
c) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, o, en caso de ser menor de edad y no disponer de DNI, fotocopia
del libro de familia o autorización a sus efectos.
d) Documento acreditativo del Grado de Discapacidad.
e) Certificado emitido por el equipo de valoración del Centro de Atención a la Discapacidad de Extremadura (CADEX) de
la Consejería con competencias en materia de accesibilidad de la Junta de Extremadura, en el cual se recoja:
1º Que presente movilidad reducida, conforme al anexo II del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de
procedimiento para reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, o que muestre en el mejor ojo
una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos.
2º Que no se encuentre, por razones de salud u otras causas, imposibilitado para efectuar desplazamientos fuera del
hogar.
3. En caso de persona física o jurídica titular de vehículo destinado exclusivamente al transporte colectivo de personas
con discapacidad, además de la solicitud se aportará:
a) Documento que acredite que el vehículo se destina exclusivamente al transporte colectivo de personas con
discapacidad para la prestación de servicios sociales de promoción de la autonomía personal y de atención a la
dependencia, a que se refiere la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a
las Personas en Situación de Dependencia, así como los servicios sociales a los que se refiere el texto refundido de la
Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
El citado documento podrá sustituirse por una declaración responsable que contenga la mención a que se hace
referencia en el párrafo anterior.
b) Permiso de circulación del vehículo.
c) Tarjeta de características técnicas del vehículo con ITV en vigor.
d) Documento que acredite que su domicilio social se encuentra en el municipio donde ha presentado la solicitud de la
tarjeta de estacionamiento, o que su actividad se realiza principalmente en dicha localidad.
e) Último recibo del IAE o, en su defecto, del certificado de alta en este impuesto.
c. Instrucción
Una vez comprobado por el Ayuntamiento que el solicitante reúne los requisitos establecidos, el Ayuntamiento
comunicara los datos necesarios a la consejería con competencias en materia de transporte para su cotejo e inclusión
en el registro de tarjetas, con solicitud simultánea de emisión de la correspondiente tarjeta de estacionamiento.
c. Resolución.
El órgano encargado del registro de tarjetas verificará los datos de la persona solicitante para su inscripción en el
mismo. En el supuesto de no detectarse impedimento para ello remitirá la tarjeta de estacionamiento al Ayuntamiento,
con su correspondiente número de registro.
Si se detecta algún impedimento para la concesión de la tarjeta de estacionamiento, se comunicará el motivo al
Ayuntamiento interesado, sin entrega de la misma. En este caso, el Ayuntamiento realizará las comprobaciones
oportunas para subsanar posibles deficiencias o, en su caso, denegar razonadamente la solicitud de la tarjeta.
d. Expedición tarjeta
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Lunes, 22 de marzo de 2021
N.º 0054
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