Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2021-1199)
BOP-2021-1199 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del Servicio de Ayuda a Domicilio.
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c) Estudio y propuesta a efectos de disponibilidad de atención o pase a la lista de
espera.
De acuerdo con la propuesta, el Alcalde-Presidente dictará resolución expresa sobre la
solicitud de prestación del Servicio.
Las solicitudes de prestación del Servicio podrán ser denegadas, al margen de lo
dispuesto en la normativa estatal y/o autonómica que le sea de aplicación, por
incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en los artículos 7 y 8 de esta
Ordenanza.
Las resoluciones de concesión, denegación, modificación, suspensión o extinción del
Servicio serán comunicadas por escrito a los/las interesados/as en el plazo de 10 días
hábiles a contar a partir del día siguiente a la fecha en que sean dictadas, lo que no
impedirá la inmediata prestación de aquellos servicios que se resuelvan positivamente,
dependiendo su puesta en marcha de la lista de espera existente.
En las resoluciones de concesión el SSASB se mantendrán en contacto periódico con
los/as usuarios/as, velando por la calidad del servicio y el cumplimiento del Plan de
Intervención, así como de las futuras modificaciones de acuerdo con la situación de
necesidad en cada caso.
ARTÍCULO 11. INTENSIDAD DEL SERVICIO.
La intensidad del servicio para aquellas personas que hayan accedido al mismo por
prescripción de los SSASB será la que marquen los mismos siendo esta de un máximo de dos
horas diarias y diez horas semanales.
El Servicio de Ayuda a Domicilio es un servicio diurno, prestándose por las mañanas, de lunes
a viernes, sin incluir días festivos.
En los supuestos de personas usuarias de SAAD, incluidas en el convenio que mantiene el
Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres con el SEPAD, el servicio podrá prestarse, si así lo
solicitan las personas derivadas por SEPAD, de lunes a sábados, en horario de mañana y/o
tarde (de 7.30 a 21.00 horas) incluso días festivos, tal como se recoge en las horas
reconocidas en el Programa Individual de Atención.
CVE:
BOP-2021-1199
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de marzo de 2021
N.º 0054
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