Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-1188)
BOP-2021-1188 Bases que han de regir la concesión de Subvenciones en régimen de concesión directa para favorecer la conciliación familiar, personal y laboral en el municipio de Cáceres 2021
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A nivel local, la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, queda recogida en el I Plan
para la Igualdad de Oportunidades de Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Cáceres 2015‐
2017, que recoge como uno de sus objetivos generales la conciliación de la vida laboral, familiar y
personal.
La ciudad de Cáceres lleva tiempo apostando decididamente por la igualdad y también por la
conciliación, a través de la Oficina de Igualdad y el Programa de Atención a Familias gestionados
por el Instituto Municipal de Asuntos Sociales del Ayuntamiento de Cáceres, y en el marco de los
citados programas, desde la Concejalía de Asuntos sociales, Universidad Popular, Educación ,
Inclusión, Empleo, Accesibilidad y Mujer, se quiere apoyar y promover iniciativas para intentar
paliar las necesidades surgidas para la conciliación de la vida personal, familiar y profesional de las
mujeres y familias más afectadas por el COVID‐19
El artículo 25.2, letra o) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
establece que los municipios ostentan competencias en materia de promoción de la igualdad
entre hombres y mujeres y el artículo 7.2 d) de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre
mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura, establece que en materia de
igualdad, corresponde a las Entidades Locales, tanto de carácter territorial como asociativo, el
ejercicio de las funciones de creación y adecuación de recursos y servicios tendentes a favorecer la
conciliación de la vida personal, familiar y laboral de mujeres y hombres , ostentando el Instituto
Municipal de Asuntos Sociales de Cáceres, de acuerdo con el artículo 4º de sus Estatutos, las
competencias sobre prestación de servicios sociales.
La financiación de la presente convocatoria de ayudas se realiza con cargo al superávit
presupuestario del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres correspondiente al año 2019, todo ello en los
términos de los artículos 1.2 h) y 3.1 del Real Decreto‐ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas
urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID‐ 19, con el
objeto de reforzar las medidas de conciliación para aquellas familias (especialmente
monomarentales y monoparentales) que cuenten con bajos ingresos y necesiten acudir a su
centro de trabajo o salir de su domicilio por razones justificadas y/o urgentes.
El procedimiento para el otorgamiento de estas subvenciones por el Instituto Municipal de
Asuntos Sociales se ha previsto en el Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Municipal de
Asuntos Sociales para el año 2021, publicado en el BOP de Cáceres n º 205 de 26 de octubre de
2020
BASES DE LA CONVOCATORIA
PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
Es objeto de esta convocatoria la concesión de ayudas para promover la conciliación de la
vida personal, familiar y laboral facilitando la corresponsabilidad de los miembros de la unidad
familiar en el cuidado de menores y familiares mediante un apoyo económico al mayor gasto que
están teniendo las personas trabajadoras de sectores vulnerables de la ciudad, o con posibilidad
CVE:
BOP-2021-1188
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de marzo de 2021
N.º 0054
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