Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2021-1178)
BOP-2021-1178 Aprobación definitiva: creación de la Agrupación de Voluntarios/as de Protección Civil y Reglamento de la Agrupacion Local de Voluntarios/as de Proteccion Civil de Arroyo de La Luz.
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Ayuntamiento de Arroyo de la Luz
CAPITULO VI
FORMACIÓN
Art. 27. Objetivo.
La formación tiene por objeto capacitar en materias básicas de protección ciudadana,
mantener y mejorar la aptitud de los miembros de la Agrupación para las tareas
encomendadas. Esta formación tiene diversos niveles: básico, perfeccionamiento, reciclaje,
especialidades y de capacitación para los diversos niveles de mando.
La formación tendrá unos programas obligatorios y otros de libre asistencia, y será
computada a efectos de mérito.
Art. 28. Actividades.
Con independencia de la formación básica y demás acciones formativas que se desarrollen
desde la el Ayuntamiento de Arroyo de la Luz la Academia de Seguridad Publica de
Extremadura, junto con la Secretaría/Dirección General de la que dependa la Unidad/Servicio
de Protección Civil de la Comunidad Autónoma, impartirá o, en su caso, establecerá los
requisitos de homologación de los cursos destinados a la formación continuada de los
voluntarios de protección civil que a continuación se relacionan:
a) Curso de formación para Jefes y Mandos de las Agrupaciones Locales de Voluntarios.
b) Cursos de actualización que tendrán por objeto actualizar el nivel de conocimientos de los
integrantes de la Agrupación, en aquellas materias que hayan experimentado evolución o
modificación.
c) Cursos de especialización que tendrán como objeto profundizar respecto de áreas o
tareas específicas cuyo conocimiento deba ser conocido por los miembros de la Agrupación.
CAPITULO VII
RECOMPENSAS Y SANCIONES
Sección 1.ª: Disposiciones generales
Art. 29. Régimen general.
CVE:
BOP-2021-1178
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de marzo de 2021
N.º 0054
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