Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2021-1178)
BOP-2021-1178 Aprobación definitiva: creación de la Agrupación de Voluntarios/as de Protección Civil y Reglamento de la Agrupacion Local de Voluntarios/as de Proteccion Civil de Arroyo de La Luz.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Arroyo de la Luz
Las actuaciones de los voluntarios de protección civil del Ayuntamiento de Arroyo de la Luz,
se ajustarán a lo estipulado en los Planes de Protección Civil y procedimiento de actuación
elaborados a tal efecto.
Cuando tengan constancia que se ha producido una emergencia en su ámbito de actuación, o
lleguen los primeros a ésta, deberán comunicarlo de forma inmediata al teléfono de
emergencias 112, y a la autoridad local correspondiente. Su movilización al lugar de la
emergencia requerirá de la autorización previa del Alcalde o Concejal Delegado en su caso y
bajo la supervisión del Coordinador de la Agrupación.
Los voluntarios de protección civil del Ayuntamiento de Arroyo de la Luz podrán actuar
fuera del término municipal propio previa autorización del Alcalde o Concejal Delegado en
su caso y bajo la supervisión del Coordinador de la Agrupación.
Los voluntarios de Protección Civil del Ayuntamiento de Arroyo de la Luz, actuarán
directamente en la emergencia cuando:
a) Pueda garantizarse la seguridad de todos los intervinientes.
b) Tengan conocimientos que les capaciten para realizar dicha intervención. En caso
contrario, los voluntarios movilizados desarrollarán tareas de apoyo logístico.
A la llegada de los recursos profesionales al lugar de la emergencia, el responsable de los
voluntarios desplazado con anterioridad se pondrá en contacto con el primer mando del
servicio profesional, sito o que acuda al lugar de la emergencia para informarle de su
evolución y de las labores que han estado realizando hasta su llegada, tras lo cual se pondrá a
sus disposiciones.
Si a la llegada de los voluntarios al lugar de la emergencia ya se encuentra actuando un
servicio profesional, el responsable del colectivo de voluntarios movilizados se presentará al
Director de la Emergencia o persona en quien delegue.
El jefe de cada uno de los Grupos y Equipos deberá velar por la seguridad de su personal
ordenando la retirada inmediata de éste, cuando la evolución de la emergencia pueda poner
en peligro su seguridad. Esta retirada deberá comunicarla, en su caso, al Director de la
Emergencia o persona en quien delegue.
En situación de emergencia los voluntarios de protección civil deberán mostrar plena
disponibilidad para afrontar aquellas situaciones de emergencia que vienen contempladas en
el Plan de emergencia municipal de Arroyo de la Luz.
CVE:
BOP-2021-1178
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de marzo de 2021
N.º 0054
Pág. 5431