Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2021-1178)
BOP-2021-1178 Aprobación definitiva: creación de la Agrupación de Voluntarios/as de Protección Civil y Reglamento de la Agrupacion Local de Voluntarios/as de Proteccion Civil de Arroyo de La Luz.
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Ayuntamiento de Arroyo de la Luz
4.- Como puesto dentro de la organización del voluntariado no conlleva aparejada
contraprestación económica alguna.
b) Jefe de Grupo.
1.- Los requisitos para acceder a este puesto serán preferentemente los siguientes:
Disponer como mínimo de titulación de Enseñanza Secundaria Obligatoria.
Estar en posesión del permiso de conducir clase B en vigor.
Cuando existan dos o más equipos se nombrará un jefe de grupo.
2.- Acreditar los dos niveles de las acciones formativas básicas para voluntarios de Protección
civil específicas, incluidas en el Plan de Formación para voluntarios de Protección Civil de la
Junta de Extremadura.
3.- El Jefe de Grupo será nombrado por el Concejal Delegado, de entre los miembros de la
Agrupación a propuesta del Coordinador de la Agrupación.
4.- Como puesto dentro de la organización del voluntariado no conlleva aparejada
contraprestación económica alguna.
c) Jefe de Equipo.
1.- Los requisitos para ocupar este puesto serán preferentemente los siguientes:
No haber sido expedientado dentro de la Agrupación de Voluntarios.
Estar en posesión del permiso de conducir clase B en vigor.
2.- Como puesto dentro de la organización del voluntariado no conlleva aparejada
contraprestación económica alguna.
3.- El Jefe de Equipo será nombrado por el Coordinador, de entre los miembros de la
Agrupación a propuesta del Jefe de Grupo.
d) Voluntario en prácticas
Es toda aquella persona que, cumpliendo con los requisitos exigidos para su ingreso en la
Agrupación y tras superar o estar en proceso de Formación Básica en su primer nivel y
superar las pruebas médicas y psicotécnicas, si proceden, establecidas por el Ayuntamiento
CVE:
BOP-2021-1178
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de marzo de 2021
N.º 0054
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