Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2021-1178)
BOP-2021-1178 Aprobación definitiva: creación de la Agrupación de Voluntarios/as de Protección Civil y Reglamento de la Agrupacion Local de Voluntarios/as de Proteccion Civil de Arroyo de La Luz.
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Ayuntamiento de Arroyo de la Luz
Art. 22. Responsables operativos.
Las personas físicas que se integran en la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil del
Ayuntamiento de Arroyo de la Luz , se clasifican en:
a) Coordinador de la Agrupación de voluntarios.
b) Jefes de Grupo.
c) Jefes de Equipo.
d) Voluntario en prácticas.
e) Voluntario operativo.
f) Voluntario colaborador.
a) Coordinador de la Agrupación de voluntarios
1.- Este es un puesto dentro de la organización del voluntariado y por tanto sin derecho a
ningún tipo de contraprestación, ni económica ni de otro tipo.
2.- Los requisitos para acceder a este puesto serán preferentemente los siguientes:
No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de
las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del
personal laboral, en que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber
sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
Disponer como mínimo de la titulación de bachillerato.
Estar en posesión del permiso de conducir clase B.
Acreditar los tres niveles de las acciones formativas básicas para voluntarios de
Protección civil específicas, incluidas en el Plan de Formación para voluntarios de
Protección Civil de la Junta de Extremadura.
En caso de existir más de un aspirante, la selección se realizará mediante el proceso
selectivo correspondiente.
3.- El Coordinador de la Agrupación de Voluntarios de Protección del Ayuntamiento de
Arroyo de la Luz, será nombrado por el Alcalde, de entre los miembros de la Agrupación.
Dicho nombramiento deberá ser aprobado en Pleno del Ayuntamiento de Arroyo de la Luz,
a propuesta del Concejal Delegado.
CVE:
BOP-2021-1178
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de marzo de 2021
N.º 0054
Pág. 5427
Art. 22. Responsables operativos.
Las personas físicas que se integran en la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil del
Ayuntamiento de Arroyo de la Luz , se clasifican en:
a) Coordinador de la Agrupación de voluntarios.
b) Jefes de Grupo.
c) Jefes de Equipo.
d) Voluntario en prácticas.
e) Voluntario operativo.
f) Voluntario colaborador.
a) Coordinador de la Agrupación de voluntarios
1.- Este es un puesto dentro de la organización del voluntariado y por tanto sin derecho a
ningún tipo de contraprestación, ni económica ni de otro tipo.
2.- Los requisitos para acceder a este puesto serán preferentemente los siguientes:
No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de
las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del
personal laboral, en que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber
sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
Disponer como mínimo de la titulación de bachillerato.
Estar en posesión del permiso de conducir clase B.
Acreditar los tres niveles de las acciones formativas básicas para voluntarios de
Protección civil específicas, incluidas en el Plan de Formación para voluntarios de
Protección Civil de la Junta de Extremadura.
En caso de existir más de un aspirante, la selección se realizará mediante el proceso
selectivo correspondiente.
3.- El Coordinador de la Agrupación de Voluntarios de Protección del Ayuntamiento de
Arroyo de la Luz, será nombrado por el Alcalde, de entre los miembros de la Agrupación.
Dicho nombramiento deberá ser aprobado en Pleno del Ayuntamiento de Arroyo de la Luz,
a propuesta del Concejal Delegado.
CVE:
BOP-2021-1178
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de marzo de 2021
N.º 0054
Pág. 5427