Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2021-1178)
BOP-2021-1178 Aprobación definitiva: creación de la Agrupación de Voluntarios/as de Protección Civil y Reglamento de la Agrupacion Local de Voluntarios/as de Proteccion Civil de Arroyo de La Luz.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Arroyo de la Luz
CAPITULO IV
ORGANIZACIÓN
Art. 20. Dependencia.
1.- La Agrupación de Voluntarios de Protección Civil del Ayto. de Arroyo de la Luz,
dependerá del Alcalde o, en su caso, del Concejal Delegado.
2.- La entidad local a la que pertenece la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de
Arroyo de la Luz, se hará cargo de la financiación de los gastos que deriven de dicha
Agrupación de Voluntarios (Uniformidad, medios materiales, etc), así como de facilitarle un
local o dependencia donde establecer su sede.
3.- La Agrupación cuando preste sus servicios en una entidad local distinta al municipio de
Arroyo de la Luz, dependerán orgánicamente del responsable de ésta.
Art. 21. Estructura funcional.
1.- La Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Arroyo de la Luz atendiendo a las
necesidades de servicio y a los medios humanos disponibles se estructurarán orgánica y
funcionalmente del siguiente modo:
a) El Equipo, integrado por un mínimo de 2 voluntarios, uno de los cuales será el Jefe de
Equipo.
b) El Grupo, integrado por un mínimo de .2 Equipos, y a cargo de un Jefe de Grupo.
Atendiendo al organigrama que se establece para la Agrupación de Voluntarios de Protección
Civil del Ayuntamiento de Arroyo de la Luz y que reseña en el Anexo se establecen los
distintos grupos y equipos.
Si sólo existe un Equipo el Jefe de Equipo será el Jefe de Grupo.
El número de Jefes de Grupo dependerá del número de voluntarios de la agrupación.
2.- En sus actuaciones en emergencias, los recursos movilizados pertenecientes a la
Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Ayuntamiento de Arroyo de la Luz, se
organizará de la forma descrita anteriormente en función del número de recursos
movilizados, garantizándose al menos la constitución de un Equipo que se integrará en un
grupo. Se activarán tantos Jefe de Grupo como Equipos haya que coordinar. Cuando no se
disponga de un mínimo de efectivos, para constituir un equipo, no se movilizarán los
efectivos.
CVE:
BOP-2021-1178
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de marzo de 2021
N.º 0054
Pág. 5426
CAPITULO IV
ORGANIZACIÓN
Art. 20. Dependencia.
1.- La Agrupación de Voluntarios de Protección Civil del Ayto. de Arroyo de la Luz,
dependerá del Alcalde o, en su caso, del Concejal Delegado.
2.- La entidad local a la que pertenece la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de
Arroyo de la Luz, se hará cargo de la financiación de los gastos que deriven de dicha
Agrupación de Voluntarios (Uniformidad, medios materiales, etc), así como de facilitarle un
local o dependencia donde establecer su sede.
3.- La Agrupación cuando preste sus servicios en una entidad local distinta al municipio de
Arroyo de la Luz, dependerán orgánicamente del responsable de ésta.
Art. 21. Estructura funcional.
1.- La Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Arroyo de la Luz atendiendo a las
necesidades de servicio y a los medios humanos disponibles se estructurarán orgánica y
funcionalmente del siguiente modo:
a) El Equipo, integrado por un mínimo de 2 voluntarios, uno de los cuales será el Jefe de
Equipo.
b) El Grupo, integrado por un mínimo de .2 Equipos, y a cargo de un Jefe de Grupo.
Atendiendo al organigrama que se establece para la Agrupación de Voluntarios de Protección
Civil del Ayuntamiento de Arroyo de la Luz y que reseña en el Anexo se establecen los
distintos grupos y equipos.
Si sólo existe un Equipo el Jefe de Equipo será el Jefe de Grupo.
El número de Jefes de Grupo dependerá del número de voluntarios de la agrupación.
2.- En sus actuaciones en emergencias, los recursos movilizados pertenecientes a la
Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Ayuntamiento de Arroyo de la Luz, se
organizará de la forma descrita anteriormente en función del número de recursos
movilizados, garantizándose al menos la constitución de un Equipo que se integrará en un
grupo. Se activarán tantos Jefe de Grupo como Equipos haya que coordinar. Cuando no se
disponga de un mínimo de efectivos, para constituir un equipo, no se movilizarán los
efectivos.
CVE:
BOP-2021-1178
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de marzo de 2021
N.º 0054
Pág. 5426