Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-1136)
BOP-2021-1136 Política de gestión de documentos electrónicos de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
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Política de gestión de documentos electrónicos
metadatos mínimos obligatorios en el momento de su creación:
Metadatos obligatorios en el momento de la creación del
expediente electrónico
Identificador según Anexo I Sistema de identificación de
documentos y expedientes electrónicos.
Órgano
Fecha apertura expediente
Clasificación
Estado
Interesado
Tipo de firma
Además se incluirán aquellos complementarios que se definan en el esquema
institucional de metadatos de la Diputación de Cáceres definido en el Anexo II: Esquema
institucional de metadatos de la Diputación de Cáceres.
4.2. Registro
A los efectos de la presente Política de Gestión de Documentos Electrónicos, se entiende
por Registro el proceso de control mediante la correspondiente inscripción registral de los
documentos generados o recibidos por la Diputación.
El registro electrónico garantizará la constancia, en cada asiento que se practique, de un
número, epígrafe expresivo de su naturaleza, fecha de entrada, fecha y hora de su
presentación, identificación del interesado, órgano administrativo remitente, si procede, y
persona u órgano administrativo al que se envía, y, en su caso, referencia al contenido del
escrito o comunicación que se registra. Para ello, se emitirá automáticamente un recibo
consistente en una copia autenticada del escrito, solicitud o comunicación de que se trate,
incluyendo la fecha y hora de presentación y el número de entrada de registro, así como un
recibo acreditativo de los documentos que, en su caso, acompañan a la solicitud, escrito o
comunicación que garanticen la integridad y el no repudio de los mismos.
Los asientos se anotarán respetando el orden temporal de recepción o salida de los
escritos y comunicaciones, e indicarán la fecha del día de la recepción o salida. Concluido el
trámite de registro, los escritos y comunicaciones serán cursados sin dilación a sus
destinatarios y a las unidades administrativas correspondientes desde el registro.
El sistema de registro de la Diputación está constituido por un Registro Electrónico
General en el que se hará el correspondiente asiento de todo documento que sea presentado o
que se reciba en cualquier órgano administrativo, Organismo público o Entidad vinculado o
Innovación y Provincia Digital Página 16 de 46
CVE:
BOP-2021-1136
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 17 de marzo de 2021
N.º 0052
Pág. 5195
metadatos mínimos obligatorios en el momento de su creación:
Metadatos obligatorios en el momento de la creación del
expediente electrónico
Identificador según Anexo I Sistema de identificación de
documentos y expedientes electrónicos.
Órgano
Fecha apertura expediente
Clasificación
Estado
Interesado
Tipo de firma
Además se incluirán aquellos complementarios que se definan en el esquema
institucional de metadatos de la Diputación de Cáceres definido en el Anexo II: Esquema
institucional de metadatos de la Diputación de Cáceres.
4.2. Registro
A los efectos de la presente Política de Gestión de Documentos Electrónicos, se entiende
por Registro el proceso de control mediante la correspondiente inscripción registral de los
documentos generados o recibidos por la Diputación.
El registro electrónico garantizará la constancia, en cada asiento que se practique, de un
número, epígrafe expresivo de su naturaleza, fecha de entrada, fecha y hora de su
presentación, identificación del interesado, órgano administrativo remitente, si procede, y
persona u órgano administrativo al que se envía, y, en su caso, referencia al contenido del
escrito o comunicación que se registra. Para ello, se emitirá automáticamente un recibo
consistente en una copia autenticada del escrito, solicitud o comunicación de que se trate,
incluyendo la fecha y hora de presentación y el número de entrada de registro, así como un
recibo acreditativo de los documentos que, en su caso, acompañan a la solicitud, escrito o
comunicación que garanticen la integridad y el no repudio de los mismos.
Los asientos se anotarán respetando el orden temporal de recepción o salida de los
escritos y comunicaciones, e indicarán la fecha del día de la recepción o salida. Concluido el
trámite de registro, los escritos y comunicaciones serán cursados sin dilación a sus
destinatarios y a las unidades administrativas correspondientes desde el registro.
El sistema de registro de la Diputación está constituido por un Registro Electrónico
General en el que se hará el correspondiente asiento de todo documento que sea presentado o
que se reciba en cualquier órgano administrativo, Organismo público o Entidad vinculado o
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Miércoles, 17 de marzo de 2021
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