Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-1136)
BOP-2021-1136 Política de gestión de documentos electrónicos de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
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Política de gestión de documentos electrónicos
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
públicas, y se emplearan en los trámites para los cuales resulten apropiados en atención a su
nivel de seguridad, de acuerdo con lo establecido en el Esquema Nacional de Seguridad
Un documento electrónico debe estar ligado a su expediente desde el momento de su
captura, siempre que sea posible.
La captura del documento, puede ser originada por una digitalización (según lo dispuesto
en la NTI de Digitalización de Documentos), por un proceso de conversión de formato del
documento (según lo dispuesto en la NTI de Procedimientos de copiado auténtico y conversión
entre documentos electrónicos) o mediante la conformación de documento electrónico con
información procedente de cualquiera de los medios electrónicos utilizados por la ciudadanía
bajo los criterios del órgano instructor.
En el proceso de captura se establece una relación entre el documento, su productor o
creador y el contexto en que se originó, y esto se consigue mediante la asignación de los
metadatos mínimos obligatorios definidos en la NTI de Documento Electrónico, que lo dotan de
la información relacionada con el contexto de creación y gestión, e identificando los datos
esenciales para su posterior gestión, acceso y conservación, tales como el identificador, fecha
y hora, clasificación de los documentos, catálogo de procedimientos, tipología documental, su
vinculación con un determinado expediente electrónico, o con cualquier otra información
incluida en las bases de datos corporativas y oficiales (personas físicas y jurídicas, accesos,
direcciones, referencia catastral, etc…)
Los documentos electrónicos capturados, con procedencia que puede ser o bien
generados por la propia entidad o bien procedentes de otras entidades, seguirán la
codificación, tal y como se indica en la Resolución de 19 de julio de 2011, de la Secretaría de
Estado para la Función Pública, por la que se aprueba la Norma Técnica de Interoperabilidad
de Documento Electrónico.
La captura se completa con otros procesos de gestión documental, tales como el registro,
la digitalización de documentos en soporte papel, la descripción, la clasificación o su inclusión
en el índice de un expediente electrónico.
4.1.1 Identificador del documento electrónico
Un identificador unívoco específico que lo caracterice como único dentro del sistema de
gestión documental, que se ajustará a lo establecido en la NTI de Documento electrónico:
_<ÓRGANO>__
Código del idioma o lengua cooficial del documento:
ES: español
CA: catalán
GL: gallego
EU: vasco
VA: valenciano
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CVE:
BOP-2021-1136
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 17 de marzo de 2021
N.º 0052
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