Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-1136)
BOP-2021-1136 Política de gestión de documentos electrónicos de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
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Política de gestión de documentos electrónicos
criterios y los estándares internacionales y europeos de accesibilidad y tratamiento documental.
3.10. Principio de Conservación, disponibilidad y sostenibilidad.
Todos los documentos provinciales tendrán que ser valorados para dictaminar si se tienen
que conservar o eliminar. Los plazos de conservación se incluirán en el Calendario de
conservación y acceso a la documentación, que será aprobado por el órgano competente.
Los documentos tendrán que ser conservados de manera que se pueda asegurar su
integridad, autenticidad, confidencialidad, y disponibilidad durante todo el tiempo que sea
necesario conservarlos, con independencia de la obsolescencia de las aplicaciones que los
gestionen, la identificación de los usuarios y el control de acceso.
3.11. Principio integridad y exactitud.
Es necesario crear documentos y evidencias exactas y completas que recojan de forma
apropiada las decisiones y las actividades llevadas a cabo cumpliendo con todos los requisitos
legales y reglamentarios. En el punto de creación o recepción de los documentos se tiene que
recoger también la información necesaria que permita contextualizarlos, comprenderlos y
recuperarlos a lo largo del tiempo.
3.12. Principio de legalidad.
Asegura el mantenimiento de la integridad de las garantías jurídicas de la ciudadanía
establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones públicas.
3.13. Principio de trazabilidad de los procedimientos y documentos
administrativos.
Es obligatorio a llevar a cabo las acciones necesarias para establecer sistemas y
procedimientos adecuados y comprensibles de trazabilidad, que permitan a la ciudadanía
conocer en todo momento, y a través de medios electrónicos, las informaciones relativas al
estado de la tramitación y el historial de los procedimientos y documentos administrativos, sin
perjuicio de la aplicación de los medios técnicos necesarios para garantizar la intimidad y la
protección de los datos personales de las personas afectadas.
3.14. Principio de intermodalidad de medios.
Conforme al cual y en los términos previstos en esta Política y sus normas de despliegue,
un procedimiento iniciado por un medio podrá continuarse por otro diferente, siempre y cuando
se asegure la integridad y seguridad jurídica del conjunto del procedimiento. Los trámites y los
procedimientos, accesibles por vía electrónica, podrán llevarse a cabo por los canales y medios
electrónicos que determine la Diputación.
Innovación y Provincia Digital Página 12 de 46
CVE:
BOP-2021-1136
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 17 de marzo de 2021
N.º 0052
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criterios y los estándares internacionales y europeos de accesibilidad y tratamiento documental.
3.10. Principio de Conservación, disponibilidad y sostenibilidad.
Todos los documentos provinciales tendrán que ser valorados para dictaminar si se tienen
que conservar o eliminar. Los plazos de conservación se incluirán en el Calendario de
conservación y acceso a la documentación, que será aprobado por el órgano competente.
Los documentos tendrán que ser conservados de manera que se pueda asegurar su
integridad, autenticidad, confidencialidad, y disponibilidad durante todo el tiempo que sea
necesario conservarlos, con independencia de la obsolescencia de las aplicaciones que los
gestionen, la identificación de los usuarios y el control de acceso.
3.11. Principio integridad y exactitud.
Es necesario crear documentos y evidencias exactas y completas que recojan de forma
apropiada las decisiones y las actividades llevadas a cabo cumpliendo con todos los requisitos
legales y reglamentarios. En el punto de creación o recepción de los documentos se tiene que
recoger también la información necesaria que permita contextualizarlos, comprenderlos y
recuperarlos a lo largo del tiempo.
3.12. Principio de legalidad.
Asegura el mantenimiento de la integridad de las garantías jurídicas de la ciudadanía
establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones públicas.
3.13. Principio de trazabilidad de los procedimientos y documentos
administrativos.
Es obligatorio a llevar a cabo las acciones necesarias para establecer sistemas y
procedimientos adecuados y comprensibles de trazabilidad, que permitan a la ciudadanía
conocer en todo momento, y a través de medios electrónicos, las informaciones relativas al
estado de la tramitación y el historial de los procedimientos y documentos administrativos, sin
perjuicio de la aplicación de los medios técnicos necesarios para garantizar la intimidad y la
protección de los datos personales de las personas afectadas.
3.14. Principio de intermodalidad de medios.
Conforme al cual y en los términos previstos en esta Política y sus normas de despliegue,
un procedimiento iniciado por un medio podrá continuarse por otro diferente, siempre y cuando
se asegure la integridad y seguridad jurídica del conjunto del procedimiento. Los trámites y los
procedimientos, accesibles por vía electrónica, podrán llevarse a cabo por los canales y medios
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