Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-1136)
BOP-2021-1136 Política de gestión de documentos electrónicos de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
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Política de gestión de documentos electrónicos
procesos y los procedimientos administrativos, de acuerdo con la normativa aplicable,
utilizando al máximo las posibilidades derivadas de las tecnologías de la información y la
comunicación.
3.3. Principio de impulso de medios electrónicos.
Obliga a impulsar decididamente el uso efectivo de los medios electrónicos en el conjunto
de sus actividades y, en especial, en las relaciones con la ciudadanía, aplicando los medios
personales y materiales pertinentes y las medidas necesarias para que sean efectivos, así
como estableciendo incentivos para fomentar la utilización de los medios electrónicos entre la
ciudadanía.
3.4. Principio de neutralidad tecnológica.
Garantiza la realización de las actuaciones reguladas en esta Política, con independencia
de los instrumentos tecnológicos utilizados, de manera que sean la misma evolución
tecnológica y la adopción de las tecnologías dentro de la sociedad las que determinen la
utilización de los medios tecnológicos que, en cada momento, sean más convenientes,
evitando especialmente concertaciones con el sector privado que se alejen del interés general.
Y de forma particular, la promoción del uso de software de código abierto en la administración
electrónica en los términos del art. 157 de la Ley 40/2015
3.5. Principio de interoperabilidad.
Garantiza la adopción de los estándares de interoperabilidad y velarán, respetando
criterios de seguridad, adecuación técnica y economía de medios, para que los sistemas de
información utilizados sean compatibles y se reconozcan con los de la ciudadanía y los de
otras Administraciones. La Presidencia aprobará cuanta normativa sea precisa para la
aplicación de las Normas Técnicas de Interoperabilidad.
3.6. Principio de confidencialidad, seguridad y protección de datos.
Todos los documentos tendrán que estar seguros y protegidos de accesos no
autorizados, destrucción no autorizada, o pérdida; y tendrán que ser custodiados conforme a
los requisitos necesarios de recuperación, preservación y almacenamiento.
La determinación de la confidencialidad de los documentos y expedientes se hará de
conformidad a la legislación que resulte de la aplicación, incluida la referida a la protección de
datos de carácter personal, la propiedad industrial y el secreto comercial, la seguridad pública y
la información tributaria.
Los niveles de seguridad y acceso a los documentos y expedientes serán establecidos
mediante el Calendario de conservación y acceso a la documentación de la Diputación
Provincial.
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CVE:
BOP-2021-1136
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Miércoles, 17 de marzo de 2021
N.º 0052
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