Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-1062)
BOP-2021-1062 Plan de Subvenciones Asociaciones de Personas Mayores 2021.
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presentará certificado emitido por el secretario de la asociación, del número de socios de la asociación, no
del Hogar.
La acreditación de no tener deudas o sanciones tributarias con esta Entidad Local se realizará de oficio
por la misma, conforme establece el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo.
Ayuntamiento de Cáceres
2.‐ Plazo de presentación: Toda la documentación dirigida al Sr. Presidente del IMAS, deberá ser
presentada en el Registro del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, en el plazo de 20 días hábiles, a partir del día
siguiente al de la publicación por la Base de Datos Nacional de Subvenciones del extracto de la convocatoria en
el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres. Los interesados podrán examinar el texto íntegro de estas Bases
en la página WEB de la Base de Datos de Subvenciones dependiente de la Intervención General del Estado. En
el caso de que el último día de plazo recayera en sábado, domingo o festivo, el plazo se prorrogará hasta el
siguiente inmediato día hábil.
3.‐ Subsanación de deficiencias. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la
convocatoria, el instructor requerirá al interesado para que subsane en el plazo máximo e improrrogable de
diez días hábiles, indicándole que si no lo hiciere se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución
que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
BASE SEXTA.‐ DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.‐
Los fondos destinados a la financiación de las ayudas reguladas en estas bases se financian con cargo
la partida 10 23102 489 del presupuesto del IMAS, hasta un máximo de 20.000,00 euros.
Para esta cuantía existe consignación presupuestaria suficiente en la partida 10 23102 489 del vigente
Presupuesto General de Gastos del IMAS, prorrogado, para el ejercicio 2021, según documento RC
220210000900 de fecha 23 de febrero de 2021.
BASE SEPTIMA.‐ ÓRGANOS DE INSTRUCCIÓN, ORDENACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE
1.‐ La instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponderá a los/las técnicos
del Instituto Municipal de Asuntos Sociales. El órgano instructor realizará de oficio cuantas actuaciones estime
necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe
formularse la propuesta de resolución.
Las actividades de instrucción comprenderán la petición de cuantos informes y documentos estime
necesarios para resolver o que sean exigidos por la presente convocatoria y la evaluación de las solicitudes o
peticiones, efectuada conforme a los criterios de valoración establecidos en la convocatoria. El órgano
instructor se ajustará, en su funcionamiento a lo previsto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
2.‐ Una vez evaluadas las solicitudes, el órgano colegiado, cuya composición se especifica en la base
Decima de la presente convocatoria, formulará al órgano competente la propuesta de resolución provisional,
CVE:
BOP-2021-1062
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de marzo de 2021
N.º 0049
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