Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-1062)
BOP-2021-1062 Plan de Subvenciones Asociaciones de Personas Mayores 2021.
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3.‐ Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones del Ayuntamiento de
Cáceres en los términos que reglamentariamente se determinen.
4.‐ Que no hayan sido beneficiarios de otra subvención, en régimen de concurrencia competitiva o
directa del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres o sus Organismos Autónomos.
5.‐ Esta subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma
finalidad de otras entidades siempre que no superen el importe total del gasto del proyecto.
6. Carecer de ánimo de lucro y acreditar que sus fines y actividades sociales coinciden con la finalidad
de la convocatoria y el contenido del proyecto presentado.
7. No se subvencionaran aquellas federaciones cuyas asociaciones integrantes hayan solicitado
subvención a través de este plan.
BASE CUARTA.‐ PROCEDIMIENTO CONCESIÓN Y CONVOCATORIA
La presente convocatoria de ayudas es de carácter periódico, se tramitará conforme al procedimiento
de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas por las asociaciones de
personas mayores, estableciendo un orden de prelación entre ellas de conformidad con los criterios de
valoración establecidos en la Base Novena de la presente resolución.
BASE QUINTA.‐ SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.‐
1.‐ Solicitudes y documentación: Para obtener la correspondiente subvención será necesario
presentar la documentación que a continuación se relaciona:
I. Solicitud que se ajustará al formato que figura en el ANEXO I firmada por el representante
Legal de la Entidad.
II. Autorización del solicitante para que el Ayuntamiento de Cáceres, a través del Instituto
Municipal de asuntos sociales, obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias de estar al
corriente en sus obligaciones tributarias con la Administración General del Estado y con la Seguridad Social a
través de certificados telemáticos (anexo II).
El solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces la
certificación.
III. Declaración formal según modelo facilitado (Anexo III), manifestando:
a) Que cumple los requisitos para obtener la condición de beneficiario previsto en el artículo 13
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Las subvenciones solicitadas o percibidas de otras Administraciones Públicas o Instituciones
Públicas o privadas para esa misma finalidad.
IV. Programa detallado y presupuesto total desglosado de las actividades para las que se solicita
subvención (Anexo IV).
V. Certificado del Secretario/a de la asociación en el que se especifique el número de socios/as a
31 de diciembre de 2020 (ANEXO V). Cuando la asociación dependa de un hogar de pensionistas, se
CVE:
BOP-2021-1062
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de marzo de 2021
N.º 0049
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Cáceres en los términos que reglamentariamente se determinen.
4.‐ Que no hayan sido beneficiarios de otra subvención, en régimen de concurrencia competitiva o
directa del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres o sus Organismos Autónomos.
5.‐ Esta subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma
finalidad de otras entidades siempre que no superen el importe total del gasto del proyecto.
6. Carecer de ánimo de lucro y acreditar que sus fines y actividades sociales coinciden con la finalidad
de la convocatoria y el contenido del proyecto presentado.
7. No se subvencionaran aquellas federaciones cuyas asociaciones integrantes hayan solicitado
subvención a través de este plan.
BASE CUARTA.‐ PROCEDIMIENTO CONCESIÓN Y CONVOCATORIA
La presente convocatoria de ayudas es de carácter periódico, se tramitará conforme al procedimiento
de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas por las asociaciones de
personas mayores, estableciendo un orden de prelación entre ellas de conformidad con los criterios de
valoración establecidos en la Base Novena de la presente resolución.
BASE QUINTA.‐ SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.‐
1.‐ Solicitudes y documentación: Para obtener la correspondiente subvención será necesario
presentar la documentación que a continuación se relaciona:
I. Solicitud que se ajustará al formato que figura en el ANEXO I firmada por el representante
Legal de la Entidad.
II. Autorización del solicitante para que el Ayuntamiento de Cáceres, a través del Instituto
Municipal de asuntos sociales, obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias de estar al
corriente en sus obligaciones tributarias con la Administración General del Estado y con la Seguridad Social a
través de certificados telemáticos (anexo II).
El solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces la
certificación.
III. Declaración formal según modelo facilitado (Anexo III), manifestando:
a) Que cumple los requisitos para obtener la condición de beneficiario previsto en el artículo 13
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Las subvenciones solicitadas o percibidas de otras Administraciones Públicas o Instituciones
Públicas o privadas para esa misma finalidad.
IV. Programa detallado y presupuesto total desglosado de las actividades para las que se solicita
subvención (Anexo IV).
V. Certificado del Secretario/a de la asociación en el que se especifique el número de socios/as a
31 de diciembre de 2020 (ANEXO V). Cuando la asociación dependa de un hogar de pensionistas, se
CVE:
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Verificable
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