Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-1062)
BOP-2021-1062 Plan de Subvenciones Asociaciones de Personas Mayores 2021.
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5.2.‐ Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor
y del documento, su importe, fecha de emisión, fecha de pago y relación de cada gasto con la actividad
subvencionada. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las
desviaciones acaecidas
5.3.‐ Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con
indicación del importe y su procedencia.
5.4.‐ En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los
intereses derivados de los mismos.
5.5.‐ Justificantes de gasto. La documentación a presentar para la justificación de cada uno de los
gastos será la que se relaciona a continuación:
a) Gastos de suministros y servicios. Con carácter general los gastos se justificarán mediante la
presentación de Facturas (emitidas con todos los requisitos legales, sin tachaduras ni enmiendas). No serán
válidos como justificantes, en ningún caso, tickets de caja, albaranes, presupuestos, notas de entrega, etc.
En relación a la justificación de los pagos de los gastos realizados, se establece el siguiente régimen de
justificación:
‐ Si la forma de pago es una transferencia bancaria, ésta se justificará mediante copia del resguardo del
cargo de la misma, debiendo figurar en el concepto de la transferencia el número de factura o, en defecto de
ésta, el concepto abonado y el cargo en cuenta bancaria.
‐ Si la forma de pago es el cheque, el documento justificativo consistirá en:
a) Un Recibí, firmado y sellado por el proveedor, en el que debe especificarse la factura o
documentación justificativa del gasto a que corresponde el pago y su fecha, el número y la fecha del cheque y
debajo de la firma debe aparecer el nombre y número del NIF de la persona que firma.
b) Copia de extracto bancario del cargo en cuenta correspondiente a la operación justificada.
‐ Si la forma de pago es en metálico, el documento justificativo consistirá en un recibí, firmado y
sellado por el proveedor, en el que debe especificarse la factura o documento justificativo del gasto a que
corresponde el pago y su fecha, debajo de la firma debe aparecer el nombre y número del NIF de la persona
que firma.
En las facturas deberán recogerse los datos siguientes:
- Nombre, razón social, NIF de la empresa que factura y razón social del beneficiario.
- Fecha de emisión y número de la factura.
- Importe total. Si figuran varios artículos, deberán desglosarse y describirse cada uno de ellos.
- Base imponible, tipo de IVA, importe de IVA e importe total de la factura.
- En los supuestos de que la entidad emisora de la factura esté exenta de IVA se incluirá
Certificación acreditativa de esta exención.
b) Gastos de personal.
‐Personal con nómina.‐ Los gastos de esta índole se justificarán mediante la presentación de las
nóminas correspondientes firmadas por su perceptor y Justificantes de las cotizaciones a la Seguridad Social.
CVE:
BOP-2021-1062
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de marzo de 2021
N.º 0049
Pág. 5005
y del documento, su importe, fecha de emisión, fecha de pago y relación de cada gasto con la actividad
subvencionada. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las
desviaciones acaecidas
5.3.‐ Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con
indicación del importe y su procedencia.
5.4.‐ En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los
intereses derivados de los mismos.
5.5.‐ Justificantes de gasto. La documentación a presentar para la justificación de cada uno de los
gastos será la que se relaciona a continuación:
a) Gastos de suministros y servicios. Con carácter general los gastos se justificarán mediante la
presentación de Facturas (emitidas con todos los requisitos legales, sin tachaduras ni enmiendas). No serán
válidos como justificantes, en ningún caso, tickets de caja, albaranes, presupuestos, notas de entrega, etc.
En relación a la justificación de los pagos de los gastos realizados, se establece el siguiente régimen de
justificación:
‐ Si la forma de pago es una transferencia bancaria, ésta se justificará mediante copia del resguardo del
cargo de la misma, debiendo figurar en el concepto de la transferencia el número de factura o, en defecto de
ésta, el concepto abonado y el cargo en cuenta bancaria.
‐ Si la forma de pago es el cheque, el documento justificativo consistirá en:
a) Un Recibí, firmado y sellado por el proveedor, en el que debe especificarse la factura o
documentación justificativa del gasto a que corresponde el pago y su fecha, el número y la fecha del cheque y
debajo de la firma debe aparecer el nombre y número del NIF de la persona que firma.
b) Copia de extracto bancario del cargo en cuenta correspondiente a la operación justificada.
‐ Si la forma de pago es en metálico, el documento justificativo consistirá en un recibí, firmado y
sellado por el proveedor, en el que debe especificarse la factura o documento justificativo del gasto a que
corresponde el pago y su fecha, debajo de la firma debe aparecer el nombre y número del NIF de la persona
que firma.
En las facturas deberán recogerse los datos siguientes:
- Nombre, razón social, NIF de la empresa que factura y razón social del beneficiario.
- Fecha de emisión y número de la factura.
- Importe total. Si figuran varios artículos, deberán desglosarse y describirse cada uno de ellos.
- Base imponible, tipo de IVA, importe de IVA e importe total de la factura.
- En los supuestos de que la entidad emisora de la factura esté exenta de IVA se incluirá
Certificación acreditativa de esta exención.
b) Gastos de personal.
‐Personal con nómina.‐ Los gastos de esta índole se justificarán mediante la presentación de las
nóminas correspondientes firmadas por su perceptor y Justificantes de las cotizaciones a la Seguridad Social.
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