Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental "MásMedio". (BOP-2021-907)
BOP-2021-907 Aprobación definitiva Reglamento Abastecimiento.
69 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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6.2.- Desinfección:
Se deberá comenzar al llenado paulatino de la misma con agua procedente de la red de
abastecimiento pública, con una concentración de cloro libre superior a 4 mg/l.,
manteniéndose esta agua durante 24 horas en la red, sin flujo alguno.
Transcurrido este período, se procederá a la medición del cloro libre existente, en distintos
puntos de la red en fase de prueba.
Si la medición en todos los puntos medidos es superior a los 1,5 mg/l se vaciará nuevamente
la red y se renovará completamente el agua de la misma con agua potable.
En caso de ser el resultado inferior a 1,5 mg/l, se deberá repetir nuevamente el proceso con
mediciones a las 24 horas.
En este caso, si el resultado vuelve a ser inferior a 1,5 mg/l, se deberá realizar un análisis
físico-químico con objeto de comprobar el origen de la contaminación, repitiendo el
proceso con posterioridad y tras determinar y solucionar las causas que lo provocan.
En la misma, se cumplimentará el formato correspondiente en el que se reflejará el
resultado de la inspección realizada, identificando el tramo probado.
De todo ello, se realizará comunicación mediante documento escrito, indicando las
incidencias detectadas, en el plazo de 2 días hábiles a contar desde el día en que se realizó.
7.- Todo proyecto de construcción de una nueva captación, conducción, ETAP, red de
abastecimiento (con una longitud mayor de 500 metros), depósito o remodelación de lo
existente, requiere un “informe sanitario vinculante” de la Dirección de Salud de Área,
según el siguiente procedimiento:
7.1.- Informe del proyecto.
7.1.1.- El titular o promotor de la obra realizará una petición a la Dirección de Salud de Área,
junto con una copia del proyecto.
7.1.2.- El proyecto será informado resultando “favorable”, “favorable condicionado o
pendiente”, en cuyo caso será necesario adjuntar un anexo correspondiente de medidas
correctoras.
El informe junto con la propuesta de seguimiento analítico que debe realizar el gestor, será
remitido junto con el proyecto al gestor en un plazo máximo de 2 meses desde la entrada
de la documentación.
CVE:
BOP-2021-907
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de marzo de 2021
N.º 0044
Pág. 4442
Se deberá comenzar al llenado paulatino de la misma con agua procedente de la red de
abastecimiento pública, con una concentración de cloro libre superior a 4 mg/l.,
manteniéndose esta agua durante 24 horas en la red, sin flujo alguno.
Transcurrido este período, se procederá a la medición del cloro libre existente, en distintos
puntos de la red en fase de prueba.
Si la medición en todos los puntos medidos es superior a los 1,5 mg/l se vaciará nuevamente
la red y se renovará completamente el agua de la misma con agua potable.
En caso de ser el resultado inferior a 1,5 mg/l, se deberá repetir nuevamente el proceso con
mediciones a las 24 horas.
En este caso, si el resultado vuelve a ser inferior a 1,5 mg/l, se deberá realizar un análisis
físico-químico con objeto de comprobar el origen de la contaminación, repitiendo el
proceso con posterioridad y tras determinar y solucionar las causas que lo provocan.
En la misma, se cumplimentará el formato correspondiente en el que se reflejará el
resultado de la inspección realizada, identificando el tramo probado.
De todo ello, se realizará comunicación mediante documento escrito, indicando las
incidencias detectadas, en el plazo de 2 días hábiles a contar desde el día en que se realizó.
7.- Todo proyecto de construcción de una nueva captación, conducción, ETAP, red de
abastecimiento (con una longitud mayor de 500 metros), depósito o remodelación de lo
existente, requiere un “informe sanitario vinculante” de la Dirección de Salud de Área,
según el siguiente procedimiento:
7.1.- Informe del proyecto.
7.1.1.- El titular o promotor de la obra realizará una petición a la Dirección de Salud de Área,
junto con una copia del proyecto.
7.1.2.- El proyecto será informado resultando “favorable”, “favorable condicionado o
pendiente”, en cuyo caso será necesario adjuntar un anexo correspondiente de medidas
correctoras.
El informe junto con la propuesta de seguimiento analítico que debe realizar el gestor, será
remitido junto con el proyecto al gestor en un plazo máximo de 2 meses desde la entrada
de la documentación.
CVE:
BOP-2021-907
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de marzo de 2021
N.º 0044
Pág. 4442