Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental "MásMedio". (BOP-2021-906)
BOP-2021-906 Aprobación definitiva Reglamento Residuos.
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8.- Se prohíbe la generación de puntos de ubicación y recogida, sin la autorización expresa del
el Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales “Medioambiente y Aguas de
Cáceres – MásMedio”.
9.- Se prohíbe depositar cualquier tipo de residuo para el que no fue destinado el contenedor.
Artículo 15.- Uso correcto de cada tipo de contenedor.
Los distintos tipos de contenedores dispuestos por el Consorcio “MásMedio”, así como los
dispuestos por entidades con las que se suscriba convenio o acuerdo para la gestión de
residuos específicos, deberán utilizarse según la forma descrita en el presente Reglamento o
en las normas que se desarrollen al respecto, con el fin de poder separar correctamente los
residuos que generamos, de forma que posteriormente puedan recibir el tratamiento
medioambiental más adecuado.
Contenedor azul; El color azul identifica el contenedor en el que se deben depositar los
envases de papel y cartón, así como otros elementos tales como periódicos, revistas, folletos
publicitarios, folios, cuadernos usados, etc. Al depositar estos residuos en el contenedor azul
es recomendable plegarlos correctamente, de manera que se pueda almacenar la mayor
cantidad de residuos, optimizando su recogida.
Se debe depositar Cajas de cartón (de cereales, de zapatos, de pizza, de huevos, etc.); Bolsas
de papel; Folios, cartulinas, cuadernos, sobres, periódicos, revistas, folletos, papel para
envolver y otros residuos similares compuestos por estos dos materiales.
No se debe depositar: Envases tipo brick, ya que además de cartón contienen otros dos
materiales más: plástico y aluminio; Servilletas o papel de cocina, ya que son de celulosa; y
papeles sucios impregnados con comida o restos de grasa; Cajas y prospectos de
medicamentos.
Contenedor amarillo; El color amarillo corresponde al contenedor en el que se deben depositar
envases y envoltorios de plástico, envases de metal y bricks. Estos residuos también conviene
plegarlos, en la medida de lo posible, para optimizar la capacidad del contenedor.
Se debe depositar, envases de plástico: Botellas de bebidas, botes plásticos de alimentos,
bandejas de plástico o poliespan, botes de cosméticos (geles, champú, cremas, etc.), tapones
de plástico. Envoltorios:Film alimenticio, bolsas de plástico, papel de aluminio.Envases
metálicos:latas de refresco, de conservas, aerosoles vacíos, tapas metálicas. Envases tipo
Brick (de leche, de zumo, batidos, etc.)
CVE:
BOP-2021-906
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de marzo de 2021
N.º 0044
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