Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03011/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen interno de la Policía Local de Villafranca de los Barros
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Anuncio 3011/2025
2. Las modificaciones que se pueden realizar en el cuadrante de trabajo de la Policía Local, se podrán realizar
por la Jefatura en función de las siguientes causas:
a) Urgente y extraordinaria necesidad (calamidades públicas, catástrofe).
b) Necesidades por eventos no programados o imprevistos. En el caso de tener que realizarse
evento no previsto, se podrán modificar los turnos de trabajo de los miembros de la Policía
Local, atendiendo a las siguientes características:
I. Serán siempre de manera voluntaria y en cada grupo, se establecerá un orden.
II. La Jefatura sólo podrá cambiar turnos del mismo día laboral.
III. Deberán ser avisados como mínimo de 48 horas de antelación con carácter
general.
3. Cuando por necesidades del servicio y a instancias de la Jefatura, sea preciso el cambio de turnos de
efectivos, estos se regirán por los siguientes criterios:
a. Se considerarán tres escalas para cambios de turnos:
Las mañanas de lunes a viernes y las tardes de lunes a jueves. Se establece un plus de
60,00 €.
Las noches de lunes a jueves y la del domingo, las mañanas del sábado y del domingo y
las tardes del viernes, sábado y domingo. Se establece un plus de 75,00 €.
Las noches del viernes y sábado. Se establece un plus de 100,00 €.
b. Se avisará preferentemente del cambio de turno con una antelación mínima de 48 horas con carácter
general.
c. Cuando sea festivo se aplicarán las tarifas del sábado.
d. Los cambios de la noche a la mañana por parte de la Jefatura, de los días de lunes a viernes serán gratuitos
e ilimitados y voluntarios
Tabla esquema por cambios de turnos por necesidades del servicio
Turno
Lunes
Martes
Miércoles
Jueves
Viernes
Sábado
Domingo
Mañana
60,00 €
60,00 €
60,00 €
60,00 €
60,00 €
75,00 €
75,00 €
Tarde
60,00 €
60,00 €
60,00 €
60,00 €
75,00 €
75,00 €
75,00 €
Noche
75,00 €
75,00 €
75,00 €
75,00 €
100,00 €
100,00 €
75,00 €
c) Por motivos de bajas de larga duración, jubilación, liberación sindical, excedencia y/o vacaciones, que
origine la falta de efectivos en alguna sección o grupo de trabajo, podrá moverse a miembros de la plantilla
para ocupar dichos puestos. No podrá sufrir mermas en sus retribuciones económicas aquel funcionario/a
policial que hubiera sido movido de su puesto por dichas circunstancias.
TÍTULO IV.- FORMACIÓN Y PRÁCTICAS DE TIRO
Capítulo I.- Formación
Artículo 44.- De los cursos.
Existirán cursos de carácter obligatorio y voluntarios relacionados con el desempeño de la labor Policial.
Cualquiera de los cursos autorizados por la Jefatura, conllevará la realización de los mismos en horario laboral o en días
libres, dentro de las 24 horas de formación, sus correspondientes dietas y kilometraje establecidos legalmente si fueran
necesarias, salvo que la Administración pusiera los medios necesarios a los trabajadores para su traslado al lugar de los
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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2. Las modificaciones que se pueden realizar en el cuadrante de trabajo de la Policía Local, se podrán realizar
por la Jefatura en función de las siguientes causas:
a) Urgente y extraordinaria necesidad (calamidades públicas, catástrofe).
b) Necesidades por eventos no programados o imprevistos. En el caso de tener que realizarse
evento no previsto, se podrán modificar los turnos de trabajo de los miembros de la Policía
Local, atendiendo a las siguientes características:
I. Serán siempre de manera voluntaria y en cada grupo, se establecerá un orden.
II. La Jefatura sólo podrá cambiar turnos del mismo día laboral.
III. Deberán ser avisados como mínimo de 48 horas de antelación con carácter
general.
3. Cuando por necesidades del servicio y a instancias de la Jefatura, sea preciso el cambio de turnos de
efectivos, estos se regirán por los siguientes criterios:
a. Se considerarán tres escalas para cambios de turnos:
Las mañanas de lunes a viernes y las tardes de lunes a jueves. Se establece un plus de
60,00 €.
Las noches de lunes a jueves y la del domingo, las mañanas del sábado y del domingo y
las tardes del viernes, sábado y domingo. Se establece un plus de 75,00 €.
Las noches del viernes y sábado. Se establece un plus de 100,00 €.
b. Se avisará preferentemente del cambio de turno con una antelación mínima de 48 horas con carácter
general.
c. Cuando sea festivo se aplicarán las tarifas del sábado.
d. Los cambios de la noche a la mañana por parte de la Jefatura, de los días de lunes a viernes serán gratuitos
e ilimitados y voluntarios
Tabla esquema por cambios de turnos por necesidades del servicio
Turno
Lunes
Martes
Miércoles
Jueves
Viernes
Sábado
Domingo
Mañana
60,00 €
60,00 €
60,00 €
60,00 €
60,00 €
75,00 €
75,00 €
Tarde
60,00 €
60,00 €
60,00 €
60,00 €
75,00 €
75,00 €
75,00 €
Noche
75,00 €
75,00 €
75,00 €
75,00 €
100,00 €
100,00 €
75,00 €
c) Por motivos de bajas de larga duración, jubilación, liberación sindical, excedencia y/o vacaciones, que
origine la falta de efectivos en alguna sección o grupo de trabajo, podrá moverse a miembros de la plantilla
para ocupar dichos puestos. No podrá sufrir mermas en sus retribuciones económicas aquel funcionario/a
policial que hubiera sido movido de su puesto por dichas circunstancias.
TÍTULO IV.- FORMACIÓN Y PRÁCTICAS DE TIRO
Capítulo I.- Formación
Artículo 44.- De los cursos.
Existirán cursos de carácter obligatorio y voluntarios relacionados con el desempeño de la labor Policial.
Cualquiera de los cursos autorizados por la Jefatura, conllevará la realización de los mismos en horario laboral o en días
libres, dentro de las 24 horas de formación, sus correspondientes dietas y kilometraje establecidos legalmente si fueran
necesarias, salvo que la Administración pusiera los medios necesarios a los trabajadores para su traslado al lugar de los
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