Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03011/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen interno de la Policía Local de Villafranca de los Barros
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros

Anuncio 3011/2025

Está compuesto por el/la Jefe/a inmediato/a del cuerpo, o funcionario/a que en cada momento haga sus
funciones en los casos de ausencia, que lo presidirá, y por aquellos Oficiales que hayan sido designados jefes
de Grupos Operativos y en su caso Encargados de los mismos, secciones, áreas o similares y, secretario de
acta nombrado por la Jefatura del Cuerpo.
Las reuniones de la Junta de Mandos serán convocadas por la Jefatura mediante comunicación individual a
todos los miembros de la misma realizada, preferentemente, mediante correo electrónico o a través del
programa interno, con tiempo suficiente de antelación.
Se hará público su convocatoria en el tablón de información del Cuerpo y se adjuntará el orden del día de la
reunión.
La periodicidad de las reuniones será la siguiente:
- Reuniones ordinarias: Una vez al semestre.
- Reuniones extraordinarias: Cuando la Jefatura lo estime conveniente en atención de las
necesidades del servicio o circunstancias sobrevenidas, Ferias o fiestas o cuando lo soliciten 2/3
de los mandos operativos, con un máximo de tres anuales.
Los mandos y demás miembros que componen este órgano están obligados a asistir a las reuniones que
convoque la Jefatura. Este tiempo les computará como tiempo efectivo de servicio.
Artículo 18.- Escalasy categorías.
Las escalas y categorías serán las establecidas en la Ley de Coordinación de las Policías Locales de Extremadura,
desarrollada por sus Normas Marcos.
Capítulo III.- Funciones
Artículo 19.- Enunciación.
Las funciones que corresponde realizar a los integrantes del Cuerpo de la Policía Local de Villafranca de los Barros, de cada
una de las categorías, incluyendo el ejercicio de la Jefatura y siguiendo la estructura jerárquica, serán las expresadas en la
Ley Orgánica 2/86, de 13 demarzo de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, Ley de Coordinación de las Policías Locales de
Extremadura, Normas-Marcos de la Policía Local de Extremadura y cuantas leyes sean de aplicación.
Capítulo IV.- Organización del Cuerpo
Artículo 20.- Del servicio operativo y sus mandos.
1. El servicio operativo se organiza en turnos de 6X4 distribuido de la siguiente manera:
2 mañanas + 2 tardes + 2 noches + 1saliente + 3 días descanso.
2. Los grupos operativos se asignarán como ALFA, BRAVO, CHARLIE, DELTA y ECO. Estarán compuestos de
forma preferente como mínimo por 3 Agentes y un Oficial, que hará las funciones de Jefe operativo del grupo.
3. El Oficial será el Jefe de grupo, a excepción de cuando en el mismo se encuentre el Inspector Jefe. Será el
coordinador del servicio y realizará el seguimiento de los mismos con carácter general. En ausencia de este,
recaerá dicha responsabilidad en el Agente de mayor antigüedad.
4. La Patrulla Operativa es la unidad básica en la organización del Cuerpo, estando constituida de modo
ordinario por dos componentes, como mínimo. Por seguridad no habrá patrullas unipersonales, con carácter
general.
5. Los servicios mínimos por turnos de trabajo se atendrán al siguiente cuadrante con carácter general:

Turno

Lunes

Martes

Miércoles

Jueves

Viernes

Sábado

Domingo

Mañana

3

3

3

3

3

3

2

Tarde

2

2

2

2

2

2

2

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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