Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02964/2025)
Extracto de las bases reguladoras de subvenciones para la realización de proyectos y actividades por las asociaciones juveniles, deportivas, educativas, culturales y entidades religiosas legalmente constituidas de Torre de Miguel Sesmero
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero
Anuncio 2964/2025
c) Número de actividades programadas durante el periodo subvencionable: 15 puntos.
1. Si la asociación ha programado menos de 3 actividades durante el periodo subvencionable: 0
puntos.
2. Si la asociación ha programado 3 actividades durante el periodo subvencionable: 10 puntos.
3. Si la asociación ha programado más de 3 actividades durante el periodo subvencionable: 15
puntos.
d) Colaboración con el Ayuntamiento en las actividades que haya organizado durante los años 2023 y 2024: 20
puntos.
1. Si la asociación no ha colaborado con el Ayuntamiento en las actividades organizadas por
éste, tales como la fiesta del higo, San Isidro, feria de agosto, eventos solidarios, día de
Extremadura, día de la mujer, 25 N, Congresos obreros, Noche de luces, cabalgata de Reyes, u
otros eventos culturales destacables del municipio durante los años 2023 y 2024: 0 puntos.
2. Si la asociación ha colaborado con el Ayuntamiento en las actividades organizadas por este
tales como la fiesta del higo, San Isidro, feria de agosto, eventos solidarios, día de Extremadura,
día de la mujer, 25 N, Congresos obreros, Noche de luces, cabalgata de Reyes, etc. u otros
eventos culturales destacables del municipio durante los años 2023 y 2024: 20 puntos.
e) Gratuidad de la actividad para el público: 10 puntos.
1. Si la asociación no prevé la gratuidad de la actividad para el público: 0 puntos.
2. Si la asociación prevé la gratuidad de la actividad para el público: 10 puntos.
f) Gasto y consumo de la totalidad de las actividades realizado, siempre que sea posible, en el municipio de
Torre de Miguel Sesmero: 10 puntos.
1. Si la asociación no realiza el gasto y consumo de la totalidad de las actividades en el
municipio: 0 puntos.
2. Si la asociación realiza el gasto y consumo de la totalidad de las actividades en el municipio:
10 puntos.
g) Influencia social de las actividades: 5 puntos.
1. Si el total de las actividades afecta hasta 20 personas: 1 puntos.
2. Si el total de las actividades afecta entre 21-50 personas: 3 puntos.
3. Si el total de las actividades afecta a más de 50 personas: 5 puntos.
La entidad podrá requerir a la asociación la documentación acreditativa de los requisitos y especialmente la de los criterios
de valoración.
9.- Cuantía de la subvención.
El gasto subvencionable tendrá relación directa con la puntuación obtenida y la cantidad solicitada, de acuerdo con los
criterios establecidos en el punto anterior, con el siguiente detalle:
Entre 0 y 75 puntos, la cuantía proporcional que se obtenga teniendo en cuenta que si se obtienen 75 puntos, la cuantía
máxima a subvencionar será de 1.700,00 €. En caso de empate entre varias solicitudes y no haya consignación
presupuestaria suficiente para conceder la cantidad de subvención correspondiente en función a la puntuación obtenida,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 7
Anuncio 2964/2025
c) Número de actividades programadas durante el periodo subvencionable: 15 puntos.
1. Si la asociación ha programado menos de 3 actividades durante el periodo subvencionable: 0
puntos.
2. Si la asociación ha programado 3 actividades durante el periodo subvencionable: 10 puntos.
3. Si la asociación ha programado más de 3 actividades durante el periodo subvencionable: 15
puntos.
d) Colaboración con el Ayuntamiento en las actividades que haya organizado durante los años 2023 y 2024: 20
puntos.
1. Si la asociación no ha colaborado con el Ayuntamiento en las actividades organizadas por
éste, tales como la fiesta del higo, San Isidro, feria de agosto, eventos solidarios, día de
Extremadura, día de la mujer, 25 N, Congresos obreros, Noche de luces, cabalgata de Reyes, u
otros eventos culturales destacables del municipio durante los años 2023 y 2024: 0 puntos.
2. Si la asociación ha colaborado con el Ayuntamiento en las actividades organizadas por este
tales como la fiesta del higo, San Isidro, feria de agosto, eventos solidarios, día de Extremadura,
día de la mujer, 25 N, Congresos obreros, Noche de luces, cabalgata de Reyes, etc. u otros
eventos culturales destacables del municipio durante los años 2023 y 2024: 20 puntos.
e) Gratuidad de la actividad para el público: 10 puntos.
1. Si la asociación no prevé la gratuidad de la actividad para el público: 0 puntos.
2. Si la asociación prevé la gratuidad de la actividad para el público: 10 puntos.
f) Gasto y consumo de la totalidad de las actividades realizado, siempre que sea posible, en el municipio de
Torre de Miguel Sesmero: 10 puntos.
1. Si la asociación no realiza el gasto y consumo de la totalidad de las actividades en el
municipio: 0 puntos.
2. Si la asociación realiza el gasto y consumo de la totalidad de las actividades en el municipio:
10 puntos.
g) Influencia social de las actividades: 5 puntos.
1. Si el total de las actividades afecta hasta 20 personas: 1 puntos.
2. Si el total de las actividades afecta entre 21-50 personas: 3 puntos.
3. Si el total de las actividades afecta a más de 50 personas: 5 puntos.
La entidad podrá requerir a la asociación la documentación acreditativa de los requisitos y especialmente la de los criterios
de valoración.
9.- Cuantía de la subvención.
El gasto subvencionable tendrá relación directa con la puntuación obtenida y la cantidad solicitada, de acuerdo con los
criterios establecidos en el punto anterior, con el siguiente detalle:
Entre 0 y 75 puntos, la cuantía proporcional que se obtenga teniendo en cuenta que si se obtienen 75 puntos, la cuantía
máxima a subvencionar será de 1.700,00 €. En caso de empate entre varias solicitudes y no haya consignación
presupuestaria suficiente para conceder la cantidad de subvención correspondiente en función a la puntuación obtenida,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 7