Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Burguillos del Cerro. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02978/2025)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora de la ocupación de la vía pública con mesas, sillas, y otros elementos con fines lucrativos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Burguillos del Cerro
Anuncio 2978/2025
4. No existirá ningún obstáculo en el espacio definido por la fachada del establecimiento y un
plano paralelo a una distancia mínima de 120 cm, así como en el espacio entre el acerado y un
plano paralelo a una altura mínima de 2,20 m.
5. La estructura de sustentación será suficientemente estable a la acción del viento.
6. Podrán instalarse cortavientos en los laterales, que serán transparentes excepto en un
zócalo inferior que será opaco. No se podrán instalar cortavientos ni en el frente ni en el fondo.
B. Carpas fijas desmontables. Elemento fijo y desmontable de cubrición de la terraza, formada por una
estructura ligera anclada al pavimento y realizada con pilastras, travesaños y otros elementos para dar
pendiente a las lonas que cubrirán el espacio, con cerramientos en los laterales para hacer más confortable el
servicio a los usuarios.
Solamente podrán instalarse en acerados peatonales que por su anchura permitan su ubicación y en zonas habilitadas por
el Ayuntamiento en paseos, parques, jardines públicos, viales y zonas de estacionamiento, siempre que su emplazamiento
sea urbanísticamente correcto a juicio razonado de los técnicos municipales. En todo caso han de cumplirlos siguientes
requisitos:
1. Estarán separadas de las fachadas por un paso mínimo de 1,50 m o espacio mínimo previsto en la
normativa de accesibilidad para los itinerarios peatonales. En establecimientos ubicados en paseos, parques o
jardines podrán estar adosados al edificio siempre y cuando no dificulten o limiten la circulación peatonal ni la
evacuación del local. Excepcionalmente, las carpas de establecimientos existentes en las travesías de las
carreteras que cruzan la localidad, podrán ir adosadas a las fachadas de los locales, en aquellos casos que
deban cumplirse limitaciones impuestas por los titulares de dichas travesías.
2. El conjunto será transparente en su totalidad a excepción de zócalo que podrá ser opaco.
3. La estructura será ligera, no pudiendo sobre pasar ningún elemento de la construcción los 3,50 m de altura
ni tener en el interior menos de 2,50 m de altura.
4. Las lonas serán de colores claros.
5. En general, la dimensión máxima no podrá sobrepasar la dimensión de la fachada a la que está adscrita
(fachada del local a la que da frente). Podrán autorizarse otras dimensiones superiores en casos especiales,
siempre y cuando técnicamente sea viable y no se perjudiquen otros intereses públicos o privados.
6. Sólo podrán disponer de instalación de iluminación. La acometida será aérea protegida con tubo pintado
en el mismo color y situado en la parte más alta. Esta instalación cumplirá el Reglamento Electrotécnico de
baja Tensión, justificándose en el correspondiente certificado técnico.
7. La carpa solo podrá cerrarse en tres laterales, dejando abierto el situado frente al establecimiento. En el
caso de estar adosada la carpa al edificio, un tercio de los cerramientos deberán quedar abiertos.
8. En caso de carpas contiguas, la separación entre ellas se realizará mediante una franja libre de 1,50 m de
anchura repartida entre las dos terrazas adyacentes o elementos separadores aprobados por este
Ayuntamiento.
Artículo 7. Horario.
1. El horario de cierre de las terrazas, en el periodo que va de junio a septiembre, será el mismo que esté
establecido por la normativa vigente para los establecimientos, limitándose en café-conciertos, discotecas o
similares a las 3:30 h los sábados, domingos y festivos y a las 3:00 h los lunes, martes, miércoles, jueves y
viernes.
El resto del año será para todas las terrazas hasta la 1:00 horas de los lunes, martes, miércoles,
jueves y viernes y, hasta las 2:00 horas de los sábados, domingos y festivos.
El montaje y funcionamiento de la terraza no podrá iniciarse antes de las 7:00 horas en todo el
año.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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4. No existirá ningún obstáculo en el espacio definido por la fachada del establecimiento y un
plano paralelo a una distancia mínima de 120 cm, así como en el espacio entre el acerado y un
plano paralelo a una altura mínima de 2,20 m.
5. La estructura de sustentación será suficientemente estable a la acción del viento.
6. Podrán instalarse cortavientos en los laterales, que serán transparentes excepto en un
zócalo inferior que será opaco. No se podrán instalar cortavientos ni en el frente ni en el fondo.
B. Carpas fijas desmontables. Elemento fijo y desmontable de cubrición de la terraza, formada por una
estructura ligera anclada al pavimento y realizada con pilastras, travesaños y otros elementos para dar
pendiente a las lonas que cubrirán el espacio, con cerramientos en los laterales para hacer más confortable el
servicio a los usuarios.
Solamente podrán instalarse en acerados peatonales que por su anchura permitan su ubicación y en zonas habilitadas por
el Ayuntamiento en paseos, parques, jardines públicos, viales y zonas de estacionamiento, siempre que su emplazamiento
sea urbanísticamente correcto a juicio razonado de los técnicos municipales. En todo caso han de cumplirlos siguientes
requisitos:
1. Estarán separadas de las fachadas por un paso mínimo de 1,50 m o espacio mínimo previsto en la
normativa de accesibilidad para los itinerarios peatonales. En establecimientos ubicados en paseos, parques o
jardines podrán estar adosados al edificio siempre y cuando no dificulten o limiten la circulación peatonal ni la
evacuación del local. Excepcionalmente, las carpas de establecimientos existentes en las travesías de las
carreteras que cruzan la localidad, podrán ir adosadas a las fachadas de los locales, en aquellos casos que
deban cumplirse limitaciones impuestas por los titulares de dichas travesías.
2. El conjunto será transparente en su totalidad a excepción de zócalo que podrá ser opaco.
3. La estructura será ligera, no pudiendo sobre pasar ningún elemento de la construcción los 3,50 m de altura
ni tener en el interior menos de 2,50 m de altura.
4. Las lonas serán de colores claros.
5. En general, la dimensión máxima no podrá sobrepasar la dimensión de la fachada a la que está adscrita
(fachada del local a la que da frente). Podrán autorizarse otras dimensiones superiores en casos especiales,
siempre y cuando técnicamente sea viable y no se perjudiquen otros intereses públicos o privados.
6. Sólo podrán disponer de instalación de iluminación. La acometida será aérea protegida con tubo pintado
en el mismo color y situado en la parte más alta. Esta instalación cumplirá el Reglamento Electrotécnico de
baja Tensión, justificándose en el correspondiente certificado técnico.
7. La carpa solo podrá cerrarse en tres laterales, dejando abierto el situado frente al establecimiento. En el
caso de estar adosada la carpa al edificio, un tercio de los cerramientos deberán quedar abiertos.
8. En caso de carpas contiguas, la separación entre ellas se realizará mediante una franja libre de 1,50 m de
anchura repartida entre las dos terrazas adyacentes o elementos separadores aprobados por este
Ayuntamiento.
Artículo 7. Horario.
1. El horario de cierre de las terrazas, en el periodo que va de junio a septiembre, será el mismo que esté
establecido por la normativa vigente para los establecimientos, limitándose en café-conciertos, discotecas o
similares a las 3:30 h los sábados, domingos y festivos y a las 3:00 h los lunes, martes, miércoles, jueves y
viernes.
El resto del año será para todas las terrazas hasta la 1:00 horas de los lunes, martes, miércoles,
jueves y viernes y, hasta las 2:00 horas de los sábados, domingos y festivos.
El montaje y funcionamiento de la terraza no podrá iniciarse antes de las 7:00 horas en todo el
año.
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www.dip-badajoz.es/bop
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