Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (02965/2025)
Convocatoria conjunta "Vive tu municipio", que comprende los planes "Embellecimiento de plazas públicas, jardines y otros espacios públicos", de "Identidad patrimonial municipal" y de "Sendas escolares seguras"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio
Anuncio 2965/2025
se remitirá preferentemente a través del siguiente correo electrónico: planificacion@dip-badajoz.es. Para correos que
superen los 10 Mb, deberán utilizar la plataforma https://mercurio.dip-badajoz.es, para lo que deberán solicitar la
contraseña al Servicio de Planes y Gestión Administrativa de Inversiones.
Fotografía del cartel informativo de la actuación en formato digital en su lugar de colocación final, siguiendo la
imagen corporativa de la convocatoria.
En caso de actuaciones correspondientes a proyectos europeos donde la subvención de este plan financie el IVA de
las mismas: factura donde conste el mismo.
Esta documentación se dirigirá al Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio, correspondiendo su
gestión al Servicio de Planes y Gestión Administrativa de Inversiones.
Queda autorizada expresamente la subcontratación de las actuaciones aprobadas, de acuerdo con al artículo 29 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta un 100% de las mismas, tanto con medios propios como con
contratos con terceros.
La presentación de estos documentos no exime a la entidad beneficiaria de las actuaciones de control financiero que por la
Intervención puedan realizarse para la comprobación de operaciones individualizadas y concretas, aspectos parciales,
comprobación material de inversiones y cualesquiera otra que resulte necesaria con arreglo a lo que dispone el artículo 220
y concordantes del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Se podrán solicitar facturas originales, así como los justificantes de pago, documentos contables, o realización de
comprobación material de las actuaciones. Para ello, la Intervención de la Diputación podrá optar por la solicitud de la
documentación que estime conveniente a las entidades beneficiarias, o el examen de la documentación en las dependencias
de la entidad local.
El modelo de remisión de la documentación para la justificación del objeto de la subvención conforme al modelo
normalizado estará disponible en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz, ubicada en la página principal de la
Diputación de Badajoz en la dirección: https://sede.dip-badajoz.es/portal/literal.do?opc_id=10106&ent_id=10&idioma=1, así
como en: http://imot.dip-badajoz.es/subvenciones.
Excepcionalmente, y de manera motivada, los beneficiarios del Plan, podrán solicitar la prórroga de presentación de la
justificación, según anexo 5 con los siguientes requisitos:
A) La solicitud tendrá que tener registro 20 días antes de la finalización del plazo máximo establecido para la
presentación de la justificación.
B) Requerirá autorización expresa de la Diputación, cuyo trámite interno se ajustará al siguiente
procedimiento:
Informe propuesta del centro gestor.
Resolución por el que se concede la autorización de la prórroga de la justificación.
Notificación al interesado de la misma.
C) Podrá autorizarse una ampliación del plazo establecido para la presentación de la justificación que no
exceda de la mitad del mismo y siempre que con ello no se perjudique derechos de tercero, conforme a lo
establecido en al artículo 70 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Conforme al artículo 90 del RD 887/2006 (Reglamento Ley de Subvenciones), el beneficiario podrá realizar la devolución
voluntaria sin el previo requerimiento de la Administración. En estos casos, la Administración calculará los intereses de
demora de acuerdo con lo previsto en el artículo 38 de la Ley General de Subvenciones y hasta el momento en que se
produjo la devolución efectiva por parte del beneficiario. Estas devoluciones voluntarias podrán realizarse en el siguiente
número de cuenta: ES03 3009 0001 2025 45504629 de Caja Rural de Extremadura, indicando el Plan al que se refiere la
devolución.
Base 15.- Publicidad e interpretación.
1. Las presentes bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, a través del conducto de la
BDNS, y en las siguientes direcciones:
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones.
http:www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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contraseña al Servicio de Planes y Gestión Administrativa de Inversiones.
Fotografía del cartel informativo de la actuación en formato digital en su lugar de colocación final, siguiendo la
imagen corporativa de la convocatoria.
En caso de actuaciones correspondientes a proyectos europeos donde la subvención de este plan financie el IVA de
las mismas: factura donde conste el mismo.
Esta documentación se dirigirá al Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio, correspondiendo su
gestión al Servicio de Planes y Gestión Administrativa de Inversiones.
Queda autorizada expresamente la subcontratación de las actuaciones aprobadas, de acuerdo con al artículo 29 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta un 100% de las mismas, tanto con medios propios como con
contratos con terceros.
La presentación de estos documentos no exime a la entidad beneficiaria de las actuaciones de control financiero que por la
Intervención puedan realizarse para la comprobación de operaciones individualizadas y concretas, aspectos parciales,
comprobación material de inversiones y cualesquiera otra que resulte necesaria con arreglo a lo que dispone el artículo 220
y concordantes del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Se podrán solicitar facturas originales, así como los justificantes de pago, documentos contables, o realización de
comprobación material de las actuaciones. Para ello, la Intervención de la Diputación podrá optar por la solicitud de la
documentación que estime conveniente a las entidades beneficiarias, o el examen de la documentación en las dependencias
de la entidad local.
El modelo de remisión de la documentación para la justificación del objeto de la subvención conforme al modelo
normalizado estará disponible en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz, ubicada en la página principal de la
Diputación de Badajoz en la dirección: https://sede.dip-badajoz.es/portal/literal.do?opc_id=10106&ent_id=10&idioma=1, así
como en: http://imot.dip-badajoz.es/subvenciones.
Excepcionalmente, y de manera motivada, los beneficiarios del Plan, podrán solicitar la prórroga de presentación de la
justificación, según anexo 5 con los siguientes requisitos:
A) La solicitud tendrá que tener registro 20 días antes de la finalización del plazo máximo establecido para la
presentación de la justificación.
B) Requerirá autorización expresa de la Diputación, cuyo trámite interno se ajustará al siguiente
procedimiento:
Informe propuesta del centro gestor.
Resolución por el que se concede la autorización de la prórroga de la justificación.
Notificación al interesado de la misma.
C) Podrá autorizarse una ampliación del plazo establecido para la presentación de la justificación que no
exceda de la mitad del mismo y siempre que con ello no se perjudique derechos de tercero, conforme a lo
establecido en al artículo 70 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Conforme al artículo 90 del RD 887/2006 (Reglamento Ley de Subvenciones), el beneficiario podrá realizar la devolución
voluntaria sin el previo requerimiento de la Administración. En estos casos, la Administración calculará los intereses de
demora de acuerdo con lo previsto en el artículo 38 de la Ley General de Subvenciones y hasta el momento en que se
produjo la devolución efectiva por parte del beneficiario. Estas devoluciones voluntarias podrán realizarse en el siguiente
número de cuenta: ES03 3009 0001 2025 45504629 de Caja Rural de Extremadura, indicando el Plan al que se refiere la
devolución.
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1. Las presentes bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, a través del conducto de la
BDNS, y en las siguientes direcciones:
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones.
http:www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/.
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www.dip-badajoz.es/bop
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