Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02874/2025)
Bases de convocatoria de Oficial de Fontanería, como funcionario interino
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 2874/2025

máxima y mínima cuando entre estas exista una diferencia igual o superior al 20% de las
puntuaciones de cada ítems o apartado, de los descritos a anteriormente, o de la puntuación
total de cada prueba.
Una vez finalizada la corrección del ejercicio, se publicará por el Tribunal de Selección las
personas que lo han superado, disponiendo las personas interesadas de un plazo de dos días
hábiles para efectuar reclamaciones ante dicho Tribunal.
4.º.- Calificación definitiva. La calificación definitiva de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones
alcanzadas por los aspirantes, declarados aptos, en cada uno de os ejercicios. Para entrar en bolsa será
necesario haber superado la menos el primer ejercicio.
Conforme al Reglamento regulador de las listas de espera, la calificación definitiva se determinará de la
siguiente manera:
1.º. Mayor número de ejercicios aprobados.
2.º. A igualdad de ejercicios aprobados, mayor puntuación en la suma de los ejercicios
aprobados más, en su caso, la fase de concurso.
3.º. De persistir el empate se atenderá al orden del sorteo de la Junta de Extremadura de
aplicación general a todas las listas de espera para la contratación de la Comunidad Autónoma
y que se hace pública en el DOE.
Para entrar en bolsa será necesario haber superado al menos el primer ejercicio.

Novena. Constitución de la lista de espera.
1.º.- Constitución de la lista de espera: Recibida la propuesta del Tribunal Calificador, por Resolución de la
Alcaldía Presidencia se constituirá la lista de espera.
La lista de espera tendrá una vigencia máxima de tres años, contados a partir de la fecha de su
constitución, salvo que, con anterioridad a dicha fecha, se prorrogue, por resolución de la
Alcaldía, por el tiempo estrictamente necesario y que será determinado en la resolución. En
todo caso, la lista de espera será sustituida por una posterior que derive de la siguiente
convocatoria de pruebas selectivas.
Constituida la lista de espera, en ella permanecerán las personas aspirantes, en situación de
espera, hasta su contratación por riguroso orden de prelación, sin que ello suponga derecho
efectivo a la contratación. La permanencia en la lista de espera no generará derechos de
ninguna índole, pudiendo quedar sin efectos en caso de que desaparezcan las razones de
necesidad que las motivaron.
2.º.- Situaciones de los aspirantes en la lista. Conforme al Reglamento regulador de las listas de espera, las
personas que se encuentren inscritas en las listas se podrán encontrar en alguna de las siguientes
situaciones: disponible, suspensión, exclusión e Ilocalizable, con las connotaciones reguladas en ese
Reglamento.
3.º.- Orden de prelación. Se realizarán los llamamientos atendiendo al orden de prelación de la lista, teniendo
en cuenta lo siguiente:
a) Las personas serán llamadas para acceder a las contrataciones en cualquiera de sus
modalidades o nombramientos por riguroso orden, siempre que se encuentre en situación de
"disponible" en la fecha prevista para el inicio del contrato o nombramientos ofertados y
reúnan el resto de requisitos, sin perjuicio de lo establecido para la mejora de empleo.
b) En el supuesto de que los nombramientos interinos o las contrataciones laborales
temporales sean por tiempo inferior a seis meses, la persona aspirante se reincorporará a la
lista en el lugar que ocupaba antes del llamamiento. Si dicho nombramiento o contratación es
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