Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02874/2025)
Bases de convocatoria de Oficial de Fontanería, como funcionario interino
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 2874/2025

igual o superior a seis meses volverá a formar parte de la lista si bien al final de la misma, no
volviéndose a llamar hasta que no pasen los siguientes de la lista y las que le preceden.
4.º.- Mejoras de empleo. Tendrán la consideración de "mejora de empleo" las siguientes ofertas: la cobertura
de plaza vacantes o la cobertura de puesto con duración prevista igual o superior a un año siempre que tal
circunstancia se informe suficientemente.
La mejora de empleo se ofertará a las personas integrantes de la correspondiente lista, por su
orden, que estén tanto en situación de "disponible" u "ocupada", pero que no estén ocupando
ningún puesto de los señalados como de mejora de empleo y siempre que no hayan superado
el periodo máximo de contratación de seis meses.
5.º.- Oferta de nombramiento o contrato de trabajo a tiempo parcial. Cuando sea necesaria la cobertura de un
puesto de trabajo a tiempo parcial podrá rechazarse la oferta sin necesidad de justificación de dicho rechazo,
manteniendo su posición en la lista. No obstante, si realizados los llamamientos a los integrantes de la
referida lista, ninguno hubiera aceptado esta propuesta de cobertura, se volverá a ofertar la cobertura a
tiempo parcial, inicialmente ofrecida, con los mismos requisitos y condiciones que en las coberturas de
puestos de trabajo a tiempo completo.
6.º.- Llamamientos a los aspirantes se realizarán conforme al Reglamento regulador de las listas de espera
para la contratación. Las renuncias tendrán las consecuencias previstas por ese Reglamento.
7.º.- Para lo no previsto en esta base se estará a lo dispuesto por Reglamento regulador de las listas de espera
para la contratación (anexo III del vigente Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo).
Décima. Presentación de documentos y nombramiento o contratación.
1.º.- Presentación de documentos: La persona propuesta para su contratación estará obligado a presentar,
dentro del plazo de 2 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la relación de
aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones establecidas en las bases.
Además, conforme al artículo 12 y apartado 3.b) del anexo I del vigente Acuerdo regulador de
las condiciones de trabajo de los empleados públicos las personas seleccionadas deberán
superar un reconocimiento médico realizado por el Servicio de Vigilancia de la Salud de este
Ayuntamiento, que acredite su capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
Quién no presentase la documentación o no reuniera los requisitos exigidos, salvo causas de
fuerza mayor, no se contratará y quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar
parte en la convocatoria. En este caso el Sr. Alcalde formalizará el contrato a favor del aspirante
que, habiendo superado la totalidad de los ejercicios de la oposición, tuviera cabida en el
número de plazas convocadas, a consecuencia de la referida anulación.
2.º.- Nombramiento o contratación. En todo caso, las contrataciones estarán supeditadas a que surjan las
correspondientes necesidades.
Presentada la documentación y siendo ésta conforme, se formalizará el contrato de trabajo o el
nombramiento.
Quien, sin causa justificada, no se incorporase a su puesto de trabajo, en el plazo marcado en el
contrato, quedarán en situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados de
la convocatoria y del subsiguiente nombramiento.
En el indicado plazo, si procede, el nombrado deberá ejercitar la opción prevista en el artículo
10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas. A falta de opción en el plazo señalado, se entenderá que opta por el
nuevo puesto, pasando a la situación de servicios en otras administraciones públicas, en el que
viniera desempeñando.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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