Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Medellín. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02839/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento interno de proyectos de formación profesional dual para el empleo ESCALA "Condado de Medellín-Santa Amalia IV"
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Ayuntamiento de Medellín

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Los proyectos se regirán por el calendario laboral que anualmente elabora la entidad promotora, de tal forma que se
considerarán no laborables, además de los días considerados como tales a nivel nacional y autonómico, los dos días
establecidos como fiestas locales en el municipio donde se asiente el proyecto concreto.
Artículo 11.- Vacaciones anuales.
Los períodos de vacaciones anuales retribuidas, no sustituibles por compensación económica, serán los establecidos en el
estatuto de los trabajadores y/o la parte proporcional que les corresponda al tiempo trabajado.
El período de disfrute de las vacaciones anuales se fijará prioritariamente en época estival, atendiendo a las necesidades del
servicio y en beneficio de los proyectos. La dirección del proyecto concreto podrá acordar con la entidad promotora otros
períodos de vacaciones extraordinarios colectivos. Los períodos de disfrute de dichas vacaciones establecidas afectarán a la
totalidad de los participantes de los proyectos.
Artículo 12.- Descanso semanal, fiestas y permisos.
Los períodos de descanso semanal, fiestas y permisos, serán los establecidos en el estatuto de los trabajadores.
Artículo 13.- Normas generales.
1. Toda ausencia al programa deberá ser justificada documentalmente. Las faltas injustificadas se
descontarán por absentismo, aparte de la sanción que corresponda por la falta.
2. En el caso de que se sepa con antelación que se va a faltar, deberá ponerlo en conocimiento de la dirección
del proyecto, además de aportar el justificante correspondiente.
3. Cuando se aporte justificante de ausencia donde se establezca claramente el período de tiempo justificado
y, sin embargo, se produzca retraso injustificado en su incorporación a las actividades del proyecto, podrá ser
motivo desanción.
4. La entrega de justificante se hará a la mayor brevedad posible. En todo caso se establecerá un margen de 3
días para dicha entrega.
5. Todo el personal del proyecto está obligado a ser puntual.
6. El silencio, junto con la limpieza y la conservación de espacio y materiales son inexcusables en un centro de
enseñanza o de trabajo. Todo el personal velará, por el buen uso de aulas, instalaciones y material didáctico.
7. Queda prohibida la entrada al interior de las instalaciones a toda persona ajena al proyecto.
8. Se considerarán faltas las cometidas dentro del centro formativo, en los entornos de trabajo o en cualquier
otra actividad organizada por el proyecto.
Artículo 14.- Seguridad Laboral.
Para garantizar la seguridad y salud de los componentes de los proyectos a la hora de manejar los diferentes equipos y
máquinas, deberán tenerse en cuenta las siguientes instrucciones:
a. No podrá utilizar o poner en funcionamiento una máquina sin autorización expresa de su superior. Cuando
se trate de actividades peligrosas o con cierto grado de dificultad, lo hará bajo la supervisión directa del
mismo.
b. No se podrá hacer uso, salvo autorización expresa, de los equipos o máquinas ajenos al propio taller.
c. No se permite el uso de máquinas sin sus protecciones, ni manipular las mismas o las protecciones
personales.
d. En los períodos de descanso establecidos no se podrá hacer uso de las máquinas o herramientas, salvo que
por circunstancias excepcionales o por necesidades del trabajo, se haya cambiado el período de descanso
habitual.
e. Cuando por el motivo que fuese (por ejemplo estar tomando ciertos medicamentos por prescripción
facultativa) no se halle en pleno uso de sus facultades, deberá de comunicarlo a su superior y abstenerse de
trabajar en situaciones de riesgo. Si la situación es detectada por el superior se procederá de igual manera.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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