Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Berlanga. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02704/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión de una plaza de Personal de Medio Ambiente
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Berlanga
Anuncio 2704/2025
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo
causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
No obstante lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de mujeres y
hombres y en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en
Extremadura, se hará excepción en el llamamiento único por la coincidencia de hospitalización a causa de embarazo de
riesgo o parto, debidamente acreditada, que deberá ser comunicada al Tribunal con suficiente antelación, en todo caso,
dentro del plazo de los 5 días hábiles posteriores a la realización de la prueba, adjuntando informe médico que lo
demuestre, de modo que sea valorada y la persona pueda ser convocada con posterioridad.
La situación de la aspirante quedará condicionada a la finalización de dicha causa y a la suspensión de las fases que
hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse estas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las
personas aspirantes a una resolución del proceso en tiempos razonables. En todo caso, la realización de las mismas tendrá
lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, realizándose un solo ejercicio
común para todas estas situaciones.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Los aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas selectivas con dispositivos de telefonía móvil, pulseras
electrónicas, relojes ni cualquier otro sistema que permita la emisión o recepción de comunicaciones, ni siquiera apagados,
pudiendo ser comprobado este extremo en cualquier momento por parte de los miembros del Tribunal Calificador, a través
de los medios que estime oportunos. Ante el incumplimiento de esta condición, el Tribunal Calificador podrá acordar,
motivadamente, la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
FASE CONCURSO:
A los aspirantes que hayan superado la oposición se les valorará en la fase de concurso los méritos que aleguen.
La fase de concurso tendrá un máximo de 3 puntos, no será de carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para
superar las pruebas de la fase de oposición.
Serán méritos puntuables:
Experiencia (máximo 1,5 puntos):
- Por servicios prestados de igual o similar contenido respecto a las funciones recogidas en la base tercera y
en la categoría convocada en la Administración Pública (0,20 puntos por mes completo de trabajo).
En los certificados de servicios prestados, el tiempo que aparezca expresado en años se transformará en meses (a razón de
doce meses por año) y el expresado en días se transformará en meses (a razón de treinta días por mes). De este modo,
serán objeto de valoración:
Los méritos relativos a la experiencia profesional se acreditarán mediante certificado de servicios prestados en el que conste
el tiempo de permanencia, acreditado por el órgano correspondiente con competencias en materia de recursos humanos o
fotocopia de los contratos laborales, e informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social.
Por servicios prestados servicios de igual o similar contenido respecto a las funciones recogidas en la base tercera y en la
categoría convocada en la empresa privada (0,10 puntos por mes completo de trabajo).
El tiempo en que se hubiese prestado servicios simultáneamente a diferentes empresas o entidades, será considerado como
un único periodo de valoración.
La acreditación de la experiencia profesional en la empresa privada se realizará mediante la presentación conjunta de la
siguiente documentación:
- Fotocopia de los contratos laborales y certificado de empresa.
- Informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social.
En caso de presentarse contratos de trabajo parcial, se tendrá en cuenta la jornada efectiva trabajada en la proporción que
se haya realizado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo
causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
No obstante lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de mujeres y
hombres y en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en
Extremadura, se hará excepción en el llamamiento único por la coincidencia de hospitalización a causa de embarazo de
riesgo o parto, debidamente acreditada, que deberá ser comunicada al Tribunal con suficiente antelación, en todo caso,
dentro del plazo de los 5 días hábiles posteriores a la realización de la prueba, adjuntando informe médico que lo
demuestre, de modo que sea valorada y la persona pueda ser convocada con posterioridad.
La situación de la aspirante quedará condicionada a la finalización de dicha causa y a la suspensión de las fases que
hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse estas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las
personas aspirantes a una resolución del proceso en tiempos razonables. En todo caso, la realización de las mismas tendrá
lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, realizándose un solo ejercicio
común para todas estas situaciones.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Los aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas selectivas con dispositivos de telefonía móvil, pulseras
electrónicas, relojes ni cualquier otro sistema que permita la emisión o recepción de comunicaciones, ni siquiera apagados,
pudiendo ser comprobado este extremo en cualquier momento por parte de los miembros del Tribunal Calificador, a través
de los medios que estime oportunos. Ante el incumplimiento de esta condición, el Tribunal Calificador podrá acordar,
motivadamente, la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
FASE CONCURSO:
A los aspirantes que hayan superado la oposición se les valorará en la fase de concurso los méritos que aleguen.
La fase de concurso tendrá un máximo de 3 puntos, no será de carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para
superar las pruebas de la fase de oposición.
Serán méritos puntuables:
Experiencia (máximo 1,5 puntos):
- Por servicios prestados de igual o similar contenido respecto a las funciones recogidas en la base tercera y
en la categoría convocada en la Administración Pública (0,20 puntos por mes completo de trabajo).
En los certificados de servicios prestados, el tiempo que aparezca expresado en años se transformará en meses (a razón de
doce meses por año) y el expresado en días se transformará en meses (a razón de treinta días por mes). De este modo,
serán objeto de valoración:
Los méritos relativos a la experiencia profesional se acreditarán mediante certificado de servicios prestados en el que conste
el tiempo de permanencia, acreditado por el órgano correspondiente con competencias en materia de recursos humanos o
fotocopia de los contratos laborales, e informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social.
Por servicios prestados servicios de igual o similar contenido respecto a las funciones recogidas en la base tercera y en la
categoría convocada en la empresa privada (0,10 puntos por mes completo de trabajo).
El tiempo en que se hubiese prestado servicios simultáneamente a diferentes empresas o entidades, será considerado como
un único periodo de valoración.
La acreditación de la experiencia profesional en la empresa privada se realizará mediante la presentación conjunta de la
siguiente documentación:
- Fotocopia de los contratos laborales y certificado de empresa.
- Informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social.
En caso de presentarse contratos de trabajo parcial, se tendrá en cuenta la jornada efectiva trabajada en la proporción que
se haya realizado.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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