Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Zarza. Área de Igualdad (Badajoz). (02433/2025)
Bases de la convocatoria mediante oposición para la cobertura en régimen de interinidad de bolsa de trabajo de Auxiliar Administrativo
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Ayuntamiento de La Zarza

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2. Las respuestas en blanco no penalizarán.
3. Tres respuestas erróneas penalizarán, a razón de descontar, una respuesta contestada correctamente.
6.4.2. Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo y resolución de un supuesto práctico relacionado con el ejercicio de las
funciones propias de las plazas convocadas, que será propuesto por el Tribunal, quien señalará en el momento de proponer
el ejercicio el tiempo máximo concedido para su resolución, pudiéndose utilizar todo tipo de normativa en soporte papel,
salvo la que contenga soluciones de casos prácticos, pudiendo hacer uso de calculadora (todo ello aportado por los propios
candidatos).
Se prohíbe el uso de teléfonos móviles, calculadoras inteligentes y otros dispositivos electrónicos que otorguen una ventaja
a un opositor frente al resto.
6.5. Personas con minusvalía.
Para aquellas personas con minusvalías que así lo hayan requerido en su solicitud de participación, se adoptarán las
adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización, siempre que no quede desvirtuado el contenido de los
ejercicios, ni implique reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible, para lo cual este Ayuntamiento se pondrá en
contacto con los opositores con minusvalía, a través de los datos telefónicos y el domicilio aportados en la solicitud, al objeto
de recabar la información pertinente sobre sus respectivas circunstancias, pudiendo solicitarse la colaboración, en su caso, a
otros organismos, acordándose establecer las adaptaciones de tiempo y medios que guarden la debida relación con el tipo
de ejercicio a realizar.
Base 7.ª.- desarrollo del proceso selectivo, calificaciones finales y propuesta de selección. Presentación de documentos.
7.1. Fecha de realización de los ejercicios.
La fecha de realización de los ejercicios de la oposición se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la
sede electrónica de este Ayuntamiento (https://aytolazarza.sedelectronica.es).
Los opositores serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de dicho proceso de oposición quienes no
comparezcan, salvo en casos debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.
7.2. Finalización del proceso selectivo y propuesta de selección.
Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal procederá a hacer pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y sede
electrónica (https://aytolazarza.sedelectronica.es) la relación de aspirantes seleccionados, ordenados de mayor a menor
puntuación final.
Base 8.ª.- Presentación de documentos y nombramientos.
8.1. Documentación.
Los aspirantes que confeccionen la bolsa de trabajo y sean propuestos para su nombramientos como funcionarios interinos
deberán presentar en el Ayuntamiento, en el plazo de cinco (5) días naturales desde que sean notificados de tal
llamamiento, la siguiente documentación:
a) DNI, NIE o pasaporte vigente, original o en fotocopia, o certificación en extracto de la partida de nacimiento.
b) Titulación, original o en fotocopia, exigida en la base 2.1.d). Si este documento estuviera expedido después
de la fecha en que finalizó el plazo de presentación de instancias, deberá justificarse el momento en que
concluyeron sus estudios. En el supuesto de haber invocado un título equivalente al exigido, habrá de
acompañarse certificado exigido por la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura correspondiente
que acredite dicha equivalencia.
c) Fotocopia compulsada de la tarjeta sanitaria o documento de afiliación a la Seguridad Social.
d) Cumplimentación de declaración por el/la interesado/a de no hallarse incurso/a en causa de
incompatibilidad, ni haber sido despedido o separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de
ninguna Administración Pública, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución
judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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