Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de Mérida. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02285/2025)
Aprobación provisional del Reglamento municipal de la agrupación local de voluntarios de protección civil
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Oliva de Mérida

Anuncio 2285/2025

2.- La vinculación de los voluntarios con el Ayuntamiento no tiene el carácter de relación laboral o
administrativa, sino tan solo de colaboración voluntaria para la prestación de servicios de modo gratuito y
altruista, como medio de realización de acciones humanitarias y de solidaridad social.
Artículo 26. Jefe de la agrupación de voluntarios.
1.- Este es un puesto dentro de la organización del voluntariado y por tanto sin derecho a ningún tipo de
contraprestación, ni económica ni de otro tipo.
2.- Los requisitos para acceder a este puesto serán preferentemente los siguientes:
a) Pertenecer a la agrupación de voluntarios desde, al menos, dos años.
b) Estar en posesión del permiso de conducir clase B, en vigor.
c) Acreditar los tres niveles de las acciones formativas básicas para voluntarios de protección
civil específicas, incluidas en el plan de formación para voluntarios de protección civil de la
Junta de Extremadura.

Artículo 27. Jefe de grupo.
1.- Este es un puesto dentro de la organización del voluntariado y por tanto sin derecho a ningún tipo de
contraprestación, ni económica ni de otro tipo.
2.- Los requisitos para acceder a este puesto serán preferentemente los siguientes:
a) Pertenecer a la agrupación de voluntarios desde, al menos, dos años.
b) No haber sido expedientado dentro de la agrupación de voluntarios.
c) Haber realizado un mínimo de 150 horas de servicios.
d) Estar en posesión del permiso de conducir clase B en vigor.
e) Acreditar los dos niveles de las acciones formativas básicas para voluntarios de protección
civil específicas, incluidas en el Plan de formación para voluntarios de protección civil de la
Junta de Extremadura.
3.- El Jefe de grupo será, cuando existan más de dos equipos en un operativo, el Jefe de equipo con mayor
antigüedad que cumpla los requisitos anteriores, en el puesto de Jefe de equipo.
Artículo 28. Jefe de equipo.
1.- Este es un puesto dentro de la organización del voluntariado y por tanto sin derecho a ningún tipo de
contraprestación, ni económica ni de otro tipo.
2.- Los requisitos para ocupar este puesto serán preferentemente los siguientes:
a) Pertenecer a la agrupación de voluntarios desde, al menos, dos años.
b) No haber sido expedientado dentro de la agrupación de voluntarios.
c) Haber realizado un mínimo de 100 horas de servicios.
d) Estar en posesión del permiso de conducir clase B en vigor.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 14 de 26