Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (02102/2025)
Bases de convocatoria para cubrir cinco plazas de Profesor/a de Música, mediante sistema de oposición libre
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Ayuntamiento de Badajoz

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derechos a ocupar la plaza.
Decimoprimera.- Legislación.
A la presente convocatoria le será de aplicación la Ley 39/2015, de 1 de octubre; la Ley 40/2015, de 1 de octubre; el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de
abril; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; la Ley 13/2015, de 8 de abril y el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo que no contradigan al texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público; las bases de la convocatoria y, supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Decimosegunda.- Impugnación.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podrá interponerse por las
personas interesadas legitimadas uno de los siguientes recursos:
1. Recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. Si
transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que este haya
sido resuelto, podrá entenderse que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz en el plazo de seis meses.
2. Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo de la ciudad de
Badajoz, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Contra cuantos actos administrativos definitivos se deriven de las bases podrán ser interpuestos por las personas
interesadas los oportunos recursos en los casos y en la forma establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Ignacio Gragera Barrera.
______________
ANEXO I:
TEMARIO COMÚN
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura. Título Preliminar. Título I (De los Derechos y Deberes Fundamentales):
Capítulo I: De los españoles y los extranjeros. Capítulo II: Derechos y libertades.
Tema 2. La Constitución Española de 1978: Título VIII (De la Organización Territorial del Estado): Capítulo I: Principios
Generales, Capítulo II: De la Administración Local. Título IX Del Tribunal Constitucional.
Tema 3. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: Título I: Disposiciones generales Título II: El
Municipio.
Tema 4. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: Título VI: Bienes, actividades y servicios
Tema 5. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: Título VII: Personal al servicio de las Entidades
Locales y Título VIII: Haciendas Locales.
Tema 6. Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo y retribuciones de los empleados públicos del Ayuntamiento de
Badajoz y Organismos Autónomos: Capítulo II y Capítulo III.
Tema 7. Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo y retribuciones de los empleados públicos del Ayuntamiento de
Badajoz y Organismos Autónomos: Capítulo IV, V y VI.
Tema 8. El Presupuesto de las Entidades Locales: Contenido y aprobación. Estructura presupuestaria. Gestión
presupuestaria: Las fases de ejecución del presupuesto. Liquidación del presupuesto.
Tema 9. La organización de la Unión Europea: el Consejo Europeo, el Consejo, la Comisión, el Parlamento Europeo y el
Comité de las Regiones Comunitarias.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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