Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (02061/2025)
Bases de convocatoria para la provisión de tres plazas de Agente de Policía Local
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Anuncio 2061/2025

En los supuestos en que se hubiera accedido directamente por turno libre a una determinada categoría sin
pasar por la/las categoría/as inferior/es, el tiempo de permanencia en dicha categoría que exceda del tope de
puntuación a valorar en la misma será computado como si se hubiera desempeñado en las categorías
inferiores de forma descendente hasta agotar los topes de valoración respectivos en cada una de ellas.
Igualmente se actuará en los supuestos en los que los tiempos de permanencia en categorías superiores
excedan del tope de valoración en la misma sin haber agotado los respectivos topes de valoración de las
categorías inferiores.
1.2. Formación académica.
Representará hasta un máximo de 1 punto de la puntación total a obtener, conforme se indica a continuación
para cada titulación académica y sus correspondientes equivalencias:
Doctorado: 1,00 punto.
Grado: 0,75 puntos.
Técnico: 0,50 puntos.
Master: 0,25 puntos.
En todo caso, los títulos presentados para su valoración deberán de ser acordes a lo establecido en el Real
Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas
universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, o normativa que lo sustituya.
Si se presenta más de un título de distinto nivel, excepto un Master, solo se valorará el de mayor nivel
académico conforme a la puntuación establecida.
En caso de que se presente más de un título del mismo nivel académico, excepto un Master, solo se valorará
uno de ellos.
Tratándose de un Master, podrán valorarse todos los que se presenten y adicionarse a la titulación académica
finalmente valorada hasta alcanzar el máximo de puntuación prevista en este apartado.
1.3. Formación continua.
Representará hasta un máximo de 3 puntos de la puntación total a obtener.
Únicamente se valorará formación certificada por Centros Públicos regionales/nacionales de formación
policial, así como titulaciones expedidas por Universidades Públicas de la UE.
También se valorará la formación certificada por centros municipales, sindicales o privados cuando se trate
de actividades formativas que hubieran sido previamente reconocidas por Centros Públicos
regionales/nacionales de formación policial.
Se valorarán un máximo de 3.000 horas lectivas, a razón de 0,001 puntos por hora lectiva.
Los cursos relativos exclusivamente a formación policial, que hubieran sido impartidos por Ayuntamientos y
organizaciones sindicales antes de la entrada en vigor del Decreto 107/2017, de 11 de julio, por el que se
regulan los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento por la ASPEX de acciones formativas
impartidas por otras entidades, o normativa que lo sustituya, podrán ser valorados con la misma baremación
que los demás referidos en este apartado.
1.4. Docencia.
Representará hasta un máximo de 0,50 puntos de la puntación total a obtener.
Únicamente se valorará docencia certificada por Centros regionales/nacionales de formación policial, así
como docencia certificada por Universidades Públicas de la UE, siempre que en este caso se trate de
actividades formativas relacionadas con la labor policial.
También se valorará la docencia certificada por Centros municipales, sindicales o privados cuando se trate de
actividades formativas que hubieran sido previamente reconocidas por Centros Públicos
regionales/nacionales de formación policial.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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